El Poder Ejecutivo publicó la ley N°31120 mediante el diario ‘El Peruano’ que crea de manera automática y obligatoria una cuenta de ahorros en el Banco de la Nación, Cuenta-DNI. La norma fue aprobada por el Congreso y será aperturada con el documento de identidad.
“Para abrir la Cuenta-DNI, el Reniec remitirá al Banco de la Nación los datos personales del titular de la cuenta, necesarios para su identificación, nombres y apellidos completos, número del DNI y dirección, en el marco de lo dispuesto en la Ley de Protección de Datos Personales”, indica la ley.
Esta cuenta DNI servirá para el pago, devolución o transferencia relacionada a cualquier beneficio, subsidio o prestación económica que el Estado le dé al titular. Esto quiere decir, que gracias a la creación de esta cuenta de ahorros podrás cobrar fácilmente los bonos otorgados por el Gobierno.
Las personas que tendrán esta cuenta DNI, según la norma, son las nacidas en el país o naturalizada, que posea DNI y que cuente con la capacidad de ejercicio de sus derechos civiles de acuerdo con la Constitución Política del Perú y el Código Civil.
El Banco de la Nación usará la plataforma Nacional de Autenticación de la Identidad Digital (ID-Perú) o los servicios de Verificación de la Identidad de Datos y Biométricos (dactilar o facial) que brinda el Reniec.
Si deseas llamar al servicio de atención al cliente estos son los números:
Debido a la alta demanda por cobrar los bonos, el Banco de la Nación ha decidido modificar su horario de atención. Conoce aquí el nuevo horario
Para mayor información sobre el Banco de la Nación puedes ingresar a este link: https://www.bn.com.pe.
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