De acuerdo al decreto supremo aprobado por el Poder Ejecutivo dispone que en plena cuarentena desde ahora las entidades del sector público, podrán reiniciar actividades hasta un 40% de su capacidad, lo cual deberán establecer las medidas pertinentes para la atención al ciudadano.
Este decreto supremo Nº 094-2020-PCM recientemente publicado en el boletín del diario El Peruano, establece las medidas que debe observar la ciudadanía hacia una nueva convivencia social y prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19.
Para disponer de esta medida será necesario respetar las restricciones sanitarias contra el Covid-19 y el distanciamiento social. Asimismo se priorizará en esta etapa todo lo que sea con posible el trabajo remoto, se habilitará la virtualización de trámites, servicios u otros, así como estableciendo, si fuera el caso; variación o ampliación de horarios de atención de la entidad.
Cabe precisar este viernes el presidente de la República, Martín Vizcarra, junto a sus ministros anunciaron en conferencia de prensa que la cuarentena se extienda hasta el 30 de junio dado el incremento de contagio por Covid-19 precisamente brindó algunos detalles de este decreto que hoy a horas de la tarde se oficializó.