El presidente de la República, Martín Vizcarra, anunció durante una conferencia de prensa que se implementará un toque de queda desde las 8 de la noche hasta las 5 de la mañana, esto luego que se analizara que no se estarían cumpliendo correctamente las medidas de la declaratoria de Estado de Emergencia por el COVID-19, el pasado 15 de marzo en el último Mensaje a la Nación. Aquí te contaremos quiénes sí podrán transitar libremente por las calles.
"Decretamos a partir de hoy la inmovilización obligatoria a partir de las 8 p.m. hasta las 5 a.m. a nivel nacional. Estamos aprobando en Consejo de Ministros un Decreto Supremo que establece esta medida ... Hemos visto que, de ayer a hoy día, ha aumentado de manera significativa la circulación de vehículos particulares y estamos rompiendo el sentido de la medida, el objeto del estado de emergencia. Puede ser que algún ciudadano tenga la autorización para circular, pero tiene que hacerlo por los medios públicos que están disponibles", expresó en horas de la mañana el mandatario peruano.
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De acuerdo al decreto supremo N° 044-2020-PCM, están exceptuados de acatar la inmovilización social obligatoria las personas que participen de la prestación de los servicios de abastecimiento de alimentos, salud, medicinas, la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, y transporte de carga y mercancías y actividades conexas, según lo estipulado por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones. Así como los medios de comunicación que serán los encargados de llevar la información hacia la población. Esta medida será vigilada por la Policía Nacional del Perú y las fuerzas militares.
"El personal de prensa escrita, radial o televisiva podrá transitar durante el período de inmovilización social obligatoria siempre que porten su permiso especial de tránsito, su fotocheck respectivo y su DNI para fines de identificación. La autorización también es extensiva para las unidades móviles que los transporten. También se permite el desplazamiento de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su salud", dicta parte del documento legislativo.
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Debido a la declaratoria de Estado de Emergencia que rige a nivel nacional para evitar la propagación del coronavirus, las autoridades han hecho un llamado a la población para que solo salgan a las calles en algunos casos y para ello necesitarán presentar un salvoconducto de libre tránsito, el mismo que es otorgado por la Policía Nacional del Perú (PNP), teniendo en cuenta la necesidad y condición de quien lo requiera.
Este documento se puede obtener de forma gratuita y de manera online (click aquí) y deberá ser mostrado a las autoridades en caso de ser solicitado de manera impresa o en tu celular.