El Poder Judicial de Lima Norte dictó 9 meses de prisión preventiva contra el efectivo policial Enrique Alvarado Palacios por manejar su vehículo en estado de ebriedad y causar un accidente de tránsito donde murió Danilo Quispe Salvatierra, en el distrito de Los Olivos, el pasado 23 de enero.
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La jueza Mariela Quispe Taype, encontró graves y fundados elementos de convicción contra el policía Alvarado Palacios por el delito de homicidio culposo agravado en agravio de Danilo Quispe Salvatierra.
La magistrada del Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Módulo Básico de Justicia (MBJ) de los Olivos, dispuso su internamiento en un penal que disponga el Instituto Nacional Penitenciario (INPE), mientras duran las investigaciones. Su prisión vencerá el 22 de octubre de 2020.
— CSJLN (@CSJ_LN) January 27, 2020
El representante del Ministerio Público, sostiene que los hechos ocurrieron el 23 de enero de 2020, a las 23:30 horas, en circunstancias en que el efectivo policial conducía su vehículo de placa SOZ-948 (station wagon), en sentido de norte a sur, bajo los efectos del alcohol e impactó contra el auto de placa AUK-173 (camioneta rural), conducido por el ciudadano venezolano Nelson Kleiver Camacaro Zambrano, provocando su desplazamiento y el accidente de tránsito.
Agrega, que al respecto, de la maniobra en contra del vehículo de placa AUK-173, se habría realizado con una velocidad inapropiada para las circunstancias del lugar (calzada con inclinación en bajada, de norte a sur) y originando el desplazamiento de la unidad hacia la calzada a la altura de la cuadra 68 de la avenida Alfredo Mendiola, según las investigaciones.
Según el Ministerio Público, Alvarado Palacios desvió su mirada para contestar una llamada telefónica de su equipo móvil, perdiendo el control de su vehículo e impactando con la camioneta rural, la misma que se despistó hacia la zona de tierra (calzada principal y auxiliar de la panamericana norte), ocasionando el deceso del peatón Danilo Quispe Salvatierra.
Cabe señalar que el certificado de Necropsia señala causa de muerte por “perforación pulmonar y contusión cardiaca traumatismo torácico y abdominal”.
Además, el certificado de Dosaje Etílico N° 0001-000115683, tiene como resultado en conformidad al ARTI. 296-DS-029-MTC (conducir en estado de ebriedad o bajo los efectos de estupefacientes, comprobado por el examen respectivo o negarse al mismo), cuya acta de negación de examen por parte del suboficial Enrique Alvarado Palacios se registra, con fecha 23 de enero de 2020, presentando evidentes signos de ebriedad y aliento alcohólico.
Cabe recordar que, el artículo 111° del ordenamiento jurídico penal, sanción con pena privativa de la libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años e inhabilitación, según corresponda, conforme al artículo 36 -incisos 4), 6) y 7)-, si la muerte se comete utilizando vehículo motorizado... cuando el delito resulte de la inobservancia de reglas técnicas de tránsito.
Por otro lado, la decisión de la jueza de Lima Norte fue de conformidad por la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa de Tránsito y Seguridad Vial; y apelada por la defensa del imputado.
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El efectivo policial, Enrique Alvarado Palacios, fue dado de baja inmediatamente gracias al Decreto de Urgencia de Idoneidad Policial, que fue aprobado recientemente con la finalidad de separar a los malos efectivos de la institución.
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