El Jurado Electoral Especial de Lima Centro, de acuerdo con la resolución N°00085-2020-JEE-LIC1/JNE, confirmó el delito de difamación por parte de Daniel Urresti, el cual hasta el momento no cuenta con un documento que pueda sustentar la rehabilitación del daño, además de no haber cumplido con los 120 días de multa que le fueron impuesto.
Por su parte, el abogado del político indicó que ya se había solicitado con anticipación la rehabilitación del candidato al congreso. Con eso documentos se iban a enviar los descargos de su patrocinado al JEE, para que se pueda remediar las observaciones, según aseguró el área legal del exministro.
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“Es importante puntualizar que de acuerdo a los antecedentes que obran en autos, el candidato Daniel Belisario Urresti Elera, fue condenado en el Expediente 1261-2015, por el delito de difamación agravada, en agravio de Rodrigo Pelagio Prada Vargas, conforme a la sentencia impuesta por el 17 Juzgado Penal de Lima de Reos Libres, con fecha 15 de agosto de 2017, imponiéndole pena privativa de la libertad de un año suspendida por el periodo de prueba del mismo plazo, sujeto a reglas de conducta imponiéndosele la pena accesoria de 120 días multa a razón del 25% de su haber diario, equivalente a 372 soles a favor del Estado, así como se fija en s/. 5,000.00 soles el monto de la reparación civil”, señala la resolución.
La sentencias en contra de Urresti, se recalca en la resolución del JEE de Lima Centro, figuran como “sentencias ejecutorias”, como lo informó el propio personero legal de Podemos Perú, tras observase que dicha información fue omitida en la hoja de vida de Urresti.
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