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Poder Judicial ordena que el Reniec reconozca matrimonio homosexual realizado en Estados Unidos

El Poder Judicial ordenó a elReniec que reconozca e inscriba el matrimonio de dos personas del mismo sexo, que se casaron en los Estados Unidos

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Poder Judicial dispuso que la Reniec reconozca matrimonio homosexual celebrado en los Estados Unidos

El Poder Judicial de Lima, ordenó a el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) que reconozca e inscriba el matrimonio de dos personas del mismo sexo, entre los ciudadanos peruanos de iniciales A.A.M.S. y D.A.U.F, que se celebró en los Estados Unidos de Norteamerica.

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El Sexto Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Lima declaró fundada, la demanda presentada por la pareja, para que se registre bajo la legislación peruana su matrimonio, previo trámites realizados en Reniec

Los jóvenes de iniciales A.A.M.S. y D.A.U.F se casaron en Nueva York el 1 de abril del 2015, luego de haber sostenido una relación de tres años.

Posteriormente, en el Perú pidieron inscribir su matrimonio ante el Reniec, pero se lo rechazaron, argumentando que el artículo 234 del Código Civil peruano, sostiene que “el matrimonio es la unión voluntariamente concertada por un varón y una mujer legalmente aptos para ella”, por lo que no se podía registrar una unión entre personas del mismo sexo.

Por lo tanto, A.A.M.S., presentó un recurso de amparo invocando “la afectación de derechos fundamentales y convencionales, a la igualdad y no discriminación, prohibición de discriminación por razón de orientación sexual, a la dignidad, al libre desarrollo de la personalidad, realizando una amplia fundamentación teórica, que se tiene presente”. 

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El Quinto Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Lima, admitió la demanda el 21 de enero del 2016 y notificó a el Reniec para que responda. En marzo de ese año, el Reniec contestó que no se había evidenciado un procedimiento administrativo por parte de los jóvenes requiriendo que se registrara su acta matrimonial.

Asimismo, el Reniec respondió que “estaría admitiendo una discriminación, en vista que pretender el reconocimiento de un matrimonio no regulado en el país argumentando que fue válidamente celebrado en un país extranjero”. 

Como se recuerda, en el 2017, la Cuarta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima anuló el fallo que ordenaba al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil reconocer e inscribir el matrimonio homosexual entre Óscar Ugarteche (peruano) y Fidel Aroche (mexicano), celebrado en el extranjero (México).

El Poder Judicial emitió una histórica sentencia en la que reconocía un matrimonio entre dos personas del mismo sexo celebrado en México y ordenaba al Reniec que dicho acto sea inscrito.

La jueza constitucional motivó su resolución apelando a varias sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, como el caso Atala Riffo vs. Chile, Duque vs. Colombia, etc., para amparar la pretensión, y señalar que no es factible la discriminación por orientación sexual.

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