
Desde este lunes los pensionistas del Sistema Privado de Pensiones (SPP) podrán iniciar los trámites para retirar el 95.5% de los fondos de las administradoras de fondos de pensiones (AFP), dejando el 4.5 % restante para EsSalud y con ello seguir contando con una cobertura de salud.
Javier Puggi, jefe de la SBS, informó que este procedimiento se aplicará a partir de hoy lunes 16 de mayo, fecha hasta la cual las empresas aseguradoras tendrán que implementar plataformas de información y asesorías para atender al jubilado.
MIRA ESTO: afiliados podrán retirar 25% de su dinero para comprar vivienda
Pueden acceder a este beneficio las personas afiliadas que tienen 65 años o más, los que no sean pensionistas bajo alguna modalidad y los que accedan al régimen especial de jubilación anticipada para trabajadores en desempleo, según ley.
“Si alguien ya tiene condición de jubilado porque ya eligió un producto previsional no está entre los beneficiarios de esta ley, si alguien inició el proceso pero aún no culminó sí puede acceder”, informó Javier Puggi en conferencia de prensa.
El afiliado podrá decidir si opta por alguno de los productos previsionales o retira hasta el 95.5% de sus aportes. Si elige esta última en tres días hábiles recibirá el dinero.
Si el afiliado decide por el retiro del 95.5% de sus aportes puede hacerlo en varias armadas. Además tiene la opción de hacerlo forma mixta, es decir, retirar un porcentaje de su cuenta individual, y el otro destinarlo a un producto previsional como una pensión vitalicia.
También está la opción de Crédito hipotecario, con la cual se abre la posibilidad de que se utilice parte del fondo previsional para un crédito hipotecario, pues excepcionalmente el afiliado al SPP podrá usar el 25% de su Cuenta Individual de Capitalización como garantía para la cuota inicial de un crédito hipotecario en la compra de una primera vivienda, en cualquier momento de su afiliación o para la amortización de un crédito hipotecario existente.
1. ASESORÍA. La SBS ha establecido que la persona que quiere jubilarse (luego de cumplir la edad legal para ello) debe dirigirse a su AFP para que dicha entidad lo asesore de manera precisa sobre las opciones pensionarias, además de la alternativa de la libre disponibilidad de los recursos.
Para tal fin deberá presentar una declaración jurada sobre su situación familiar, tras lo cual recibirá una estimación preliminar de sus beneficios familiares en el marco de una renta vitalicia, retiro programado, retiro total o parcial del fondo previsional, entre otros.
2. SIETE DÍAS. Para pensarlo. Luego de ello tendrá siete días para tomar una decisión (el afiliado puede dilatar el tiempo si fuera necesario). Posteriormente, al octavo día, la persona podrá acercarse a la AFP para dar a conocer su decisión previsional o puede comunicárselo por medio remoto (vía telefónica, correo electrónico o postal).
"Tres días después ya podrá contar con sus recursos si opta por la libre disponibilidad, pues ese es el plazo que tienen las AFP para entregar el fondo", aseveró Poggi.
Revisa todas las noticias escritas por el staff de redactores de El Popular.