Estado entregará bono de S/ 400 a peruanos en junio de 2024: Beneficiarios, requisitos y fecha de depósitos
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó la entrega de S/ 400,00. Entérate AQUÍ si estás en la lista de beneficiarios.
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El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha dado luz verde al Decreto Supremo que establece disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la Bono Escolaridad para el Año Fiscal 2024. Esta bonificación, de S/ 400,00, tiene como objetivo brindar apoyo económico a los servidores públicos para solventar los gastos escolares de sus hijos.
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¿Qué bono se entregará en junio de 2024?
El Bono Escolaridad 2024 se otorga a diversos grupos, incluyendo funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo diferentes regímenes laborales, docentes universitarios, personal de la salud, obreros del Sector Público, miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, pensionistas, servidores penitenciarios y trabajadores del Sector Público bajo régimen laboral de la actividad privada.
El monto de la bonificación se abonará por única vez en la planilla de pagos del mes de enero de 2024. Sin embargo, para los profesores contratados y auxiliares de educación contratados en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, el pago se realizará en la planilla de pagos del mes de junio de 2024.
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¿Cuáles son los requisitos para recibir el Bono Escolaridad 2024?
- Estar laborando a la fecha de vigencia de la presente norma, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.
- Contar en el servicio con una antigüedad no menor de 3 meses . Si no cuenta con el referido tiempo, dicho beneficio se abona en forma proporcional a los meses y días laborados.
- Para el caso de los profesores contratados y auxiliares de educación contratados en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, tienen derecho a percibir la Bonificación por Escolaridad, siempre que cumplan de manera conjunta con las siguientes condiciones:
- Estar laborando en el mes de junio del presente año, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.
Periodista graduado en Periodismo en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Redactor en El Popular. Interesado en temas relacionados con música, historia, cultura, turismo, películas y series.