Si aporto a la ONP y fallezco, ¿Cuál es la cantidad de dinero que debe recibir mi familia como pensión?
Si eres contribuyente de la ONP tienes que saber que hay tres tipos de pensiones en caso mueras. Mira AQUÍ todos los detalles.
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Si eres contribuyente de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), es fundamental tener en cuenta que en caso de tu fallecimiento, tu familia tiene el derecho de acceder a una pensión de sobrevivencia. Cabe aclarar que, según la ONP, no es un requisito ser pensionista para que tu pareja, hijos o padres (en ausencia de otros familiares mencionados) puedan beneficiarse de esta prestación.
A continuación, te describimos los tres tipos de pensiones disponibles en esta situación: viudez, orfandad y ascendencia. También se detallan los requisitos necesarios para calificar para cada una de ellas, así como la cantidad de dinero correspondiente que les sería otorgada.
Pensión de viudez
La persona viuda puede acceder a la pensión sin complicaciones. Sin embargo, en el caso de un cónyuge o conviviente, se establece que es necesario que enfrenten un problema de discapacidad para el trabajo o tengan una edad superior a los 60 años. La persona beneficiaria percibe el 50% de lo que le corresponde al trabajador con un mínimo de S/ 350. Es importante tener presente los siguientes requisitos:
- El matrimonio debe haberse concretado mínimo un año antes del fallecimiento del afiliado y previo a que este cumpla 60 años, si es hombre, y 50 años en caso sea mujer.
- Si se trata de una unión de hecho, debió producirse por lo menos dos años antes del fallecimiento.
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Pensión de orfandad
Los hijos menores de 18 años de un afiliado tienen el derecho a recibir la pensión. No obstante, los descendientes mayores de edad también pueden ser beneficiarios si presentan algún tipo de discapacidad o están matriculados en estudios de nivel básico o superior, siempre y cuando puedan certificar su participación activa en dichos estudios. El monto que se otorga es igual al 50% de la pensión original con un mínimo de S/ 270.
Pensión de ascendencia
Esta pensión está destinada para los padres del afiliado a la ONP en situaciones en las que no haya viuda o hijos que puedan solicitar dicha prestación. Sin embargo, es importante tener en cuenta que existen otros requisitos adicionales que deben cumplirse para acceder a este beneficio. En este caso se percibe solo el 20% del pensionista original con un mínimo de S/ 270.
- Padres en condición de discapacidad.
- Padre con más de 60 años y madre con más de 55 años.
- En cualquier caso, el beneficiario debe demostrar dependencia económica del afiliado y no recibir una renta mayor a la pensión que le correspondería.
Periodista graduado en Periodismo en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Redactor en El Popular. Interesado en temas relacionados con música, historia, cultura, turismo, películas y series.