INPE colocó los grilletes electrónicos a la condenada Melisa González Gagliuffi

El INPE informó que el dispositivo se le colocó el pasado 16 de mayo, cuando la Quinta Sala Penal Liquidadora de Lima, les notificó sobre la variación de la condena de Melisa Joana González Gagliuffi.

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Melisa Joana González Gagliuffi ya tiene grillete electrónico
Melisa Joana González Gagliuffi ya tiene grillete electrónicoCrédito: Archivo

El Instituto Nacional Penitenciario (INPE) le colocó los grilletes electrónicos a la conductora Melisa Joana González Gagliuffi, en cumplimiento a la condena de seis años, 9 meses y 18 días que le impuso el Poder Judicial, por manejar su vehículo a excesiva velocidad y matar a dos jóvenes en la avenida Javier Prado en el distrito de San Isidro, el 11 de octubre del 2019.

El INPE informó que el 16 de mayo del 2023, la Quinta Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima, en el caso de la condenada Melisa Joana González Gagliuffi por el delito contra la vida, el cuerpo y la salud - homicidio culposo agravado, notificó la sentencia que había revocado la pena privativa de libertad de 6 años con 9 meses y 18 días impuesta, variándola por Vigilancia Electrónica Personal (VEP) por el mismo periodo.

Ese mismo día, a las 21:00 horas, el INPE ejecutó la instalación del dispositivo de VEP en el domicilio acreditado, con tránsito restringido.

Es preciso informar que la colocación de dicho dispositivo involucra que se imparta al usuario una charla de inducción sobre el buen uso del mismo, así como las precisiones de las reglas de conducta.

A la fecha existen 45 personas que cumplen su medida de VEP, cuyo funcionamiento tiene como finalidad contribuir con la disminución de los niveles de hacinamiento en los establecimientos penitenciarios, señala el INPE.

Como se recuerda, en junio del 2022, Melisa Joana González Gagliuffi fue condenada a pena efectiva por el delito de homicidio culposo en agravio de Christian Agustín Buitrón Aguirre y Joseph Huashuayo Tenorio y por el delito de lesiones en agravio de Luis Miguel Vega Palacio. En esa fecha pasó a la clandestinidad.

Luego apeló y la Quinta Sala Penal Liquidadora de Lima varió la sentencia y dispuso varias reglas de conducta entre ellas, no variar el domicilio con relación el cual se ejecutará la medida de vigilancia electrónica personal, sin previa autorización judicial y que sea monitoreada por la Policía Nacional para evitar su fuga.

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