Lambayeque: ex capitán PNP de la Diviac seguirá cumpliendo su condena

Confirmaron condena de 35 años de cárcel contra el ex capitán PNP de la Diviac, José Raúl Pérez Del Campo por pedir dinero a organización criminal "Los Temerarios del Crimen".

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El  ex capitán PNP de la Diviac, José Raúl Pérez Del Campo seguirá en prisión
El ex capitán PNP de la Diviac, José Raúl Pérez Del Campo seguirá en prisiónCrédito: Archivo

El ex capitán PNP de la Diviac, José Raúl Pérez Del Campo no saldrá en libertad y continuará cumpliendo su condena de 35 años de pena privativa de libertad efectiva que le impuso el Poder Judicial de Lambayeque, por haber solicitado dinero a dos empresarios vinculados a la organización criminal "Los Temerarios del Crimen". Además, pagará 80 mil soles por concepto de reparación civil.

La Fiscalía Superior Penal de Liquidación de Lambayeque, logró demostrar la responsabilidad de los hechos contra el ex policía José Raúl Pérez Del Campo, por los delitos de cohecho pasivo propio en el ejercicio de la función policial y otros.

Durante la audiencia de apelación, el fiscal adjunto superior Francisco Drexler Peña, solicitó se confirme la resolución de primera instancia al haberse acreditado con medios probatorios, que el sentenciado eliminó información de equipos celulares incautados a personas investigadas por la Fiscalía y la PNP a cambio de dádivas.

Señaló, que en el año 2019, el sentenciado se comunicó con Jimmy Imaña Tamay (Hecho N° 1) y Yuri Hamiltong Campos (Hecho N° 2); con la finalidad de que éste en su calidad de oficial de la Policía Nacional (capitán PNP) y jefe del Área de Apoyo Técnico de la DIRNIC-DIVIAC-DEPDIAC-Chiclayo, elimine información de los celulares incautados por el Ministerio Público a éstas personas, a efectos de no perjudicar su situación jurídica, solicitando al primero la suma de 15 mil soles y al segundo la suma de 10 mil soles.

Estas pruebas, quedaron acreditado con las declaraciones de varios colaboradores eficaces, actas de transcripción de audios, reportes de llamadas telefónicas y movimientos bancarios de los mencionados.

Al sentenciado, también se le confirmó la condena por la venta ilegal de diversos equipos tecnológicos incautados a personas comprendidas en las investigaciones efectuadas por la Fiscalía Especializada contra la Criminalidad Organizada (FECOR) de Chiclayo (Hecho N°3).

Además, por el secuestro agravado de Jesús Quiroz Quezada (Hecho N°4), corroborando los hechos, con las declaraciones de los colaboradores eficaces, de las personas que habían adquirido los equipos tecnológicos y de los familiares (madre, hermana y conviviente) del agraviado.

También se confirmó la sentencia contra Jimmy Imaña Tamay y Yuri Hamiltong Campos, por el plazo de cuatro años de pena privativa de libertad efectiva, al haber entregado una coima al imputado Pérez del Campo, para que éste borre la información contenida en sus celulares y que perjudica su situación jurídica en las investigaciones en su contra; ordenándose su ubicación y captura a nivel nacional.

De igual manera, se confirmó la sentencia de cuatro años de pena privativa de la libertad suspendida, contra la abogada Zoila Rosa Vega Quiroz, en su ejecución por el período de prueba de 3 años, por su participación como cómplice en los hechos que involucraron al también sentenciado Jimmy Imaña Tamay.

La Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, declaró la nulidad de la sentencia que absolvió a José Raúl Pérez del Campo como autor y los efectivos policiales Daniel David Pizarro Delgado y Eduin Eiser Hernández Huamán, por su participación en pedir 30 mil soles a Julio Iván Cabrera Galindo, con la finalidad de que no se informe de su presunta detención a la Fiscalía de turno de Chiclayo ni se realice la documentación respectiva.

Julio Iván Cabrera Galindo, se encontraba involucrado en el ingreso ilegal (mediante la ayuda de implementos tecnológicos) de postulantes a la Universidad Nacional “Pedro Ruiz Gallo” de Lambayeque- en el examen de admisión 2019-II- de esa Casa Superior de Estudios (Hecho N° 5); ordenándose la realización de un nuevo juzgamiento por parte de otro órgano jurisdiccional.

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