Trujillo: rechazó dictar prisión preventiva para el sujeto que mató a perrito

El Poder Judicial de La Libertad dispuso comparecencia con restricciones para el imputado Emiliano Paico Zumaeta y varias reglas de conducta, así como el pago de 5 mil soles de caución.

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Dictan comparecencia con restricciones para Emiliano Paico Zumaeta quien mató a un perrito en Trujillo
Dictan comparecencia con restricciones para Emiliano Paico Zumaeta quien mató a un perrito en TrujilloCrédito: Archivo

El Poder Judicial de La Libertad declaró infundado el pedido de prisión preventiva para el imputado Emiliano Paico Zumaeta, acusado de asesinar de cuatro balazos a un perrito llamado “Teo”, el pasado 25 de febrero en el parque La Inmaculada Concepción ubicado en la urbanización Primavera, en la urbanización Primavera, de la ciudad de Trujillo.

El Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de La Libertad, impuso al imputado la medida de comparecencia con restricciones con reglas de conducta, entre ellas pagar una caución de 5 mil soles en el plazo de una semana, según lo que indica el artículo 289 del Código Procesal Penal, suma de dinero para asegurar que el imputado cumpla las obligaciones impuestas y las órdenes de la autoridad.

El juez Rosendo Pompeyo Vía Castillo, dispuso que el inculpado cumpla de manera puntual, la obligación de no ausentarse de la localidad donde reside sin previa autorización del Juzgado y conocimiento del Ministerio Público, así como presentarse a cuántas citaciones de la Fiscalía y del Poder Judicial lo requiera, la obligación de comparecer cada 15 días ante el Ministerio Público para dar cuentas de sus actividades, la obligación de no mantener contacto alguno con los testigos del proceso y no portar ningún tipo de arma de fuego.

El Ministerio Público de La Libertad, solicitó la medida coercitiva por los delitos de peligro por medio de incendio ó explosión, manipulación en estado de ebriedad o drogadicción y abandono y actos de crueldad contra animales domésticos y silvestres.

De acuerdo a las pruebas presentadas por la Fiscalía, el juzgado consideró que no existen documentos relativos que lleven a la sospecha de haberse cometido los dos primeros delitos citados en el párrafo anterior.

No obstante el tribunal considera que si existe presunción del delito de actos de crueldad contra un animal doméstico, tipificado en al artículo 206-A del Código Penal, cuya pena privativa de libertad es no menor de tres ni mayor de cinco años.

El magistrado argumentó su decisión basado en que el investigado no cuenta con antecedentes policiales ni penales, padece un cuadro de adicción a remedios ansiolíticos, además de acreditar arraigo domiciliario y ostentar el grado de Bachiller en Ciencias de la Comunicación, estando próximo a optar su licenciatura, prueba acreditada por un centro superior de estudios de Trujillo.

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