Revisa si accedes al aguinaldo de S/300 por Navidad sin necesidad de DNI para diciembre 2024

El Gobierno peruano aprobó la entrega del aguinaldo de S/300 para el mes de diciembre 2024. Aquí te contamos si eres uno de los beneficiarios.

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Gobierno peruano aprueba la entrega del aguinaldo de S/300 para diciembre 2024.
Gobierno peruano aprueba la entrega del aguinaldo de S/300 para diciembre 2024.Fuente: LR + - Crédito: El Popular

Desde el Gobierno peruano se ha dado a conocer la promulgación del Decreto Supremo N°244-2024, en donde se oficializa la entrega del aguinaldo de S/300 solo para un sector de la población. En el desarrollo de esta nota te contamos quiénes son los afortunados que podrán acceder a este beneficio.

¿Quiénes podrán acceder al beneficio del cobro del aguinaldo para diciembre 2024?

La normativa señala que el aguinaldo por Navidad se otorga a favor de los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo los siguientes contratos:

  • Contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276
  • Ley Nº 29944 
  • Ley Nº 30512
  • Docentes universitarios a los que se refiere la Ley N°30220
  • Personal de salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 de Decreto Legislativo N°1153.
  • Los obreros permanentes y eventuales del sector público
  • Personal de las Fuerzas Armadas
  • PNP
  • Pensionistas de derecho propio a cargo del Estado comprendido en los regímenes de la Ley N°15117, los decretos leyes N°1984 y N°20530, Decreto Supremo N°051-88-PCM y la Ley N°28091.

¿Qué debo cumplir necesariamente para recibir el aguinaldo?

El decreto supremo indica que el personal tiene derecho a percibir el aguinaldo por Navidad, siempre que cumpla de manera conjunta el haber estado laborando al 30 de noviembre del presente año, o en uso de descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.

Además, contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses al 30 de noviembre del presente año. Si no contara con el referido tiempo de tres meses, dicho concepto se abona en forma proporcional al período los meses y días laborados.

Los funcionarios, servidores y pensionistas de la administración pública reciben el aguinaldo en una sola entidad pública, debiendo otorgarse en aquella que abona el mayor monto de ingresos.

SOBRE EL AUTOR:

Periodista especializada en temas de actualidad, política y policiales. Licenciada en Ciencias de la Comunicación por la UTP con más de 3 años de experiencia. Redactora web en El Popular y presentadora de "Capturados". Interesada en temas relacionados con misterios, películas y series policiales.

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