EsSalud revela el monto que otorga a las familias para gastos de sepelio en 2024: ¿cuánto es?

Para el beneficio del pago por sepelio de EsSalud, el asegurado fallecido debe haber aportado al menos tres meses en los seis meses anteriores a su deceso.

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EsSalud cuenta con el programa de Prestación por Sepelio, que otorga un pago de S/ 2,070.
EsSalud cuenta con el programa de Prestación por Sepelio, que otorga un pago de S/ 2,070. Fuente: GLR - Crédito: Composición El Popular

La pérdida de un familiar es un momento sumamente difícil, y los gastos de sepelio pueden agravar aún más la situación. Con el fin de apoyar a las familias en estos momentos, el Seguro Social de Salud (EsSalud) ofrece la Prestación por Sepelio, un beneficio económico que otorga un monto importante. Esta ayuda está destinada a cubrir los costos relacionados con el entierro o cremación del asegurado fallecido. En la siguiente nota, te contamos todos los detalles para saber si puedes cobrar este subsidio.

EsSalud: ¿Cuánto es el monto que reciben los beneficiarios del programa Prestación por Sepelio en 2024?

Según lo indicado en el portal de EsSalud, el seguro social ofrece un monto de S/ 2,070 por cada asegurado fallecido a través de su programa de Prestación por Sepelio. Esta ayuda económica está diseñada para apoyar a los familiares directos en un momento tan difícil como es la pérdida de un ser querido.

Los beneficiarios de esta prestación incluyen al cónyuge o concubino(a), hijos mayores de edad, padres y hermanos mayores de edad, quienes pueden acceder a este beneficio si cumplen con los requisitos establecidos. Los interesados deberán acudir a las oficinas del Seguro Social de Salud, solicitar este beneficio y completar los documentos solicitados al igual que la presentación de los documentos.

EsSalud: ¿Cuáles son los requisitos para ser uno de los beneficiarios del programa Prestación por Sepelio?

Los familiares del asegurado fallecido deben cumplir con ciertos requisitos. En primer lugar, el asegurado debe haber realizado aportaciones a EsSalud durante tres meses consecutivos o cuatro no consecutivos dentro de los seis meses previos a su fallecimiento. Para los asegurados del sector agrario, se requiere que hayan aportado tres meses consecutivos o cuatro no consecutivos en los últimos 12 meses.

Además, el trabajador debe haber tenido un vínculo laboral activo al momento de su fallecimiento. Si el fallecido era pensionista, es necesario que mantuviera esta condición en el momento de su deceso. Cabe destacar que esta prestación no se aplica a los afiliados al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR).

SOBRE EL AUTOR:

Periodista especializado en actualidad, vida y deportes. Bachiller en Periodismo en la Universidad Jaime Bausate y Meza. Redactor en El Popular. Interesado en temas relacionados como economía, coyuntura nacional e internacional, trucos caseros y educación.

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