Devolución Fonavi 2023: ¿Qué jubilados no recibirían el pago de los aportes?

Fonavistas están a la espera de la confirmación del pago de los aportes. Aquí los últimos detalles.

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El Tribunal Constitucional se pronunció sobre el pago del Fonavi.
El Tribunal Constitucional se pronunció sobre el pago del Fonavi.Fuente: GLR - Crédito: Composición El Popular

Los ciudadanos que aportaron al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) durante su época de labores, se encuentran a la espera de la devolución de los aportes. Sin embargo, todavía no se ha confirmado el pago que tienen que recibir los fonavistas. Cabe precisar que, la comisión Ad Hoc es la que está encargada de ver por esta devolución.

A continuación te damos a conocer quiénes son los jubilados que no se verían beneficiados con la devolución del Fonavi 2023. Aquí te contaremos los aspectos más relevantes.

Puedes encontrar dentro de la nota:

  • ¿Qué jubilados serían excluidos de la devolución del Fonavi?
  • ¿Qué indica el fallo del Tribunal Constitucional?

¿Qué jubilados serían excluidos de la devolución del Fonavi?

La Asociación Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú (Fenaf-Perú) indica que la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) busca excluir la devolución de aportes a los prestatarios del Banco de Materiales, quienes residan en zonas donde se realizaron obras de saneamiento y electrificación.

Jorge Milla, dirigente de Fenaf-Perú, declaró: “Las obras de saneamiento y electrificación, esa es una responsabilidad del Estado que lo establece el artículo 7 de la Constitución. El Estado se prestó dinero del Fonavi para cumplir su responsabilidad, no fue un programa exclusivo para fonavistas, pero además los ciudadanos y fonavistas pagaron las conexiones a través de sus recibos. Entonces, ¿cuál es el beneficio? No existe beneficio”.

En relación a los fonavistas que solicitaron créditos al Banco de Materiales, Milla indica que tampoco se pueden considerar beneficiarios, esto se debe a que se prestaron de su propio dinero y lo pagaron con intereses. Asimismo, en el caso de quienes no pudieron cumplir con los pagos, lo deberían hacer con el monto que se les adeuda.

Es de gran importancia que la Comisión Ad Hoc llegue a un acuerdo con este punto para que no impida el inicio de la devolución de dinero que corresponde al Fonavi. Además, el dirigente da a conocer que la clave es agotar los más de S/ 2.000 millones con el que cuenta el grupo de trabajo en sus cuentas para iniciar a cobrar el dinero que debe el Estado.

¿Qué indica el fallo del Tribunal Constitucional?

El fallo del Tribunal Constitucional (TC) —016-2021— señala que la demanda interpuesta por el Ejecutivo a la Ley 31173 señala que “corresponde declarar la inconstitucionalidad del artículo 2 en el extremo que permite la posibilidad de que se incluya en la devolución a diversas personas sin evaluar si es que recibieron algún beneficio directo o indirecto de los recursos del Fonavi”.

Asimismo, la afirmación vulneraría el derecho de un grupo de fonavistas ya que provocaría que no se les tome en consideración dentro del proceso que corresponde a la devolución de aportes, así lo indicó la Fenaf-Perú.

SOBRE EL AUTOR:

Periodista especializado en actualidad, policiales y deportes. Graduado en Ciencias de la Comunicación en la Universidad San Martín de Porres. Redactor y Communit Manager en El Popular. Interesado en temas relacionados con política, fútbol peruano e internacional, economía, coyuntura nacional y mundial.

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