Si sales de viaje fuera de Perú, esta es la cantidad de dinero que puedes llevar contigo sin declarar

Conoce en esta nota cuánto dinero se permite llevar fuera del Perú sin declararlo y qué sucede sí llevo de más.

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Esta es la cantidad de dinero que puedes sacar del país sin declarar.
Esta es la cantidad de dinero que puedes sacar del país sin declarar.Fuente: EP - Crédito: Omar Chira EP

¿Deseas viajar fuera del Perú y no sabes cuánto dinero puedes llevar sin declarar? En esta nota te contaremos cuánto es el monto permitido por ley y qué sucede si llevas más de lo que corresponde.

De acuerdo con la plataforma web única del Estado Peruano todas las personas que “ingresa o salen del país, están obligados a declarar el dinero en efectivo y/o instrumentos financieros negociables que lleven consigo. Como, por ejemplo: cheques de viajero, cheques y pagarés al portador, entre otros”.

Pero hay una excepción en la normativa, el gobierno peruano te permite llevar una cierta cantidad de dinero sin declarar el origen de la misma. A continuación, te mostraremos cuánto es el monto permitido.

¿Esta es la cantidad de dinero que puedes llevar contigo sin declarar?

Según menciona el portal del gobierno una persona natural puede sacar o ingresar al Perú sin declarar por un monto no mayor de 10 mil dólares que equivale a la fecha de hoy unos 36 mil 400 soles. Si supera esa cantidad, debe declarar el origen del dinero y sustentarlo ante las autoridades competentes. 

¿Qué cantidad no está permitida?

Caso contrario, el gobierno menciona que no está permitido ingresar o salir del país llevando dinero y/o instrumentos financieros negociables por más de 30 mil dólares, lo cual equivale a más de 100 soles. De acuerdo con la entidad, dicha cantidad podría generar una sanción penal al portador.

Sanciones

El gobierno menciona que si una persona lleva más de 30 mil dólares en su poder y no sabe cómo declararlo podría ser acusado por “falsedad de la información” lo cual conllevaría a la retención temporal del monto íntegro del dinero o de los instrumentos financieros negociables y la aplicación de la sanción equivalente al 30% del valor no declarado, independientemente de las acciones civiles o penales que se puedan generar”.

Cabe mencionar que la persona tiene 72 horas para sustentar el dinero sino será investigado por la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú y podría conllevar a acciones penales.

SOBRE EL AUTOR:

Periodista especializado en temas policiales y políticos. Graduado de la Universinad Nacional Federico Villarreal. Redactor y coordinador en El Popular. Interesado en temas policiales, política y actualidad.