Tengo hijos con distintas parejas: ¿Cuánto le toca a cada uno de pensión alimenticia? Esto dice la ley

En Perú, la distribución de la pensión de alimentos entre hijos de distintas parejas se rige por criterios del Poder Judicial que priorizan el estado de necesidad del menor y la capacidad del progenitor.

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Tengo hijos con distintas parejas: ¿Cuánto le toca a cada uno de pensión alimenticia? Esto dice la ley
Tengo hijos con distintas parejas: ¿Cuánto le toca a cada uno de pensión alimenticia? Esto dice la ley

Cuando un padre o madre tiene hijos con más de una pareja, una de las consultas más comunes es cómo se distribuye la pensión de alimentos entre todos los menores. En Perú, la normativa no fija un monto exacto por hijo, pero sí establece criterios y topes que el Poder Judicial toma en cuenta al momento de definir cuánto corresponde pagar.

Para entender cómo funciona este cálculo, el abogado procesalista especialista en familia Rodrigo Rosales explicó que el sistema prioriza el estado de necesidad del menor y la capacidad económica del obligado, respetando un límite máximo sobre los ingresos.

¿Cómo define la ley peruana la pensión de alimentos?

El Artículo 472 del Código Civil señala que los “alimentos” comprenden todo lo indispensable para el sustento, vivienda, vestido, educación, capacitación para el trabajo, asistencia médica y psicológica, además de la recreación, siempre considerando la situación familiar.

Rosales precisó que no existe una fórmula matemática fija, pero sí parámetros prácticos usados por el Poder Judicial. Además, indicó que el monto global de todas las pensiones no puede superar el 60% de los ingresos del padre.

“Por ejemplo, no es igual un estado de necesidad de un recién nacido al de un adolescente o el de un joven que está en etapa universitaria. El cálculo es relativo. Prudencialmente, hay lineamientos no establecidos por norma, pero que en la práctica en el Poder Judicial se da, que más o menos ronda entre el 15% y 30% del salario o remuneración del demandado, que suele ser el padre”.

Esto significa que el porcentaje puede variar según la edad, estudios y condiciones del hijo.

Si tengo hijos con distintas parejas, ¿cómo se reparte la pensión?

Cuando existen varias obligaciones alimentarias, el juez evalúa el total de ingresos y la suma de todas las demandas para no superar el límite legal. En estos casos, se puede solicitar un prorrateo.

Rosales explicó que, si se acumulan porcentajes altos en procesos distintos, el resultado podría exceder el tope permitido, por lo que se redistribuye.

“Al tener varias obligaciones alimentarias, si soy el demandado solicitaría un prorrateo de la asignación mensual de la pensión porque si sabemos que tenemos una primera demanda con un 60% y, posiblemente, en seis meses tengamos otra demanda con un 30% o 40%, y una tercera con un 15%, al hacer una sumatoria total eso excedería el 60%. En este escenario, en base a mi experiencia, la pensión alimenticia se podría distribuir en 15% o 20%”.

La distribución final depende de la evaluación del juzgador, considerando antecedentes, ingresos y el estado de necesidad de cada hijo.

¿Influye la edad y el nivel de estudios del hijo?

El especialista señaló que no todos los hijos reciben el mismo monto automáticamente, ya que cada caso se analiza de forma individual.

“La lógica me dice que, si es que tengo un menor de edad, se entiende que requiere de algo más para necesidades alimenticias porque el niño en proceso de crecimiento necesita más atenciones y cuidados que un menor de 14 o 10 años. Mucho va a depender de cómo bosquejes el estado de necesidad del menor y de las pruebas que asigne el demandante. Caso contrario, quizás una persona de 19 años, que ya cumplió la mayoría de edad, pero que está todavía en la posibilidad de recibir alimentos, su estado de necesidad, al estar en la universidad, puede ser mucho mayor que la de un menor de 1, 2 o 3 años”.

Así, factores como educación superior, salud y gastos acreditados influyen en el monto que fija el juez.

¿Qué pasa si el padre no tiene ingresos formales?

No contar con un empleo formal no elimina la obligación alimentaria. Según la práctica judicial, el derecho del menor se mantiene incluso cuando el demandado no acredita ingresos.

Rosales indicó que suele tomarse como referencia el sueldo mínimo vital y otros elementos del entorno económico del obligado.

“La práctica jurídica dice que se hace más o menos una adecuación al sueldo mínimo vital porque la idea no es si el padre tiene la capacidad de dar o no, porque el obligado no por el hecho que no tenga trabajo está exonerado de pasar una pensión de alimentos. Allí se hace un análisis integral, de lo que aportó, del estado de necesidad del niño y de las condiciones médicas, físicas y psicológicas de la persona”.

Durante el proceso, el juez evalúa la situación económica, física y psicológica del demandado.

¿Qué sanciones existen por no pagar la pensión de alimentos?

El incumplimiento de la pensión no solo se maneja en la vía civil, sino que puede pasar al ámbito penal. No pagar la manutención de los hijos está tipificado como delito.

Rosales explicó cómo actúa la justicia ante estos casos.

“A través de un proceso inmediato se le requiere el pago en un plazo prudente. De no ser así, incluso podríamos hablar de cárcel efectiva o una pena restrictiva, pero con atención al pago. Ahora, si esto lo multiplicamos por dos o tres, tiene el mismo efecto. No implicaría si existe uno o dos hijos y no haría la diferenciación porque cada hijo, en atención a la relación filial que tiene, es un mundo distinto”.

Esto aplica tanto si existe un hijo como si hay varios beneficiarios dentro de la obligación alimentari

SOBRE EL AUTOR:

Periodista especializada en actualidad y tendencias. Bachiller en Periodismo en la Universidad Jaime Bausate y Meza. Redactora en Popular. Interesada en temas relacionados con actualidad nacional e internacional, virales en tendencia y más.

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