Madres y padres con hijos podrían aplicar al teletrabajo solo en este exclusivo caso, según propuesta del Congreso

La Comisión de Trabajo aprobó un dictamen para que progenitores con hijos lactantes puedan solicitar el paso a la modalidad de teletrabajo.

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Conoce en qué consiste la propuesta legislativa.
Conoce en qué consiste la propuesta legislativa. Fuente: Congreso de la República - Crédito: Congreso de la República

El Congreso de la República ha dado un paso significativo hacia la conciliación de la vida laboral y familiar. Por unanimidad, la Comisión de Trabajo y Seguridad Social aprobó un dictamen que abre la puerta para que las madres y padres de familia puedan solicitar formalmente la modalidad de teletrabajo durante el primer año de vida de sus hijos, buscando garantizar el bienestar del recién nacido.

¿Cómo se aplicaría esta nueva modalidad para los progenitores?

El texto legal propuesto plantea una modificación a la Ley 31572,Ley del Teletrabajo, el que establece que la solicitud de cambio a trabajo remoto debe ser evaluada cuidadosamente por el empleador. Es importante señalar que no se trata de una imposición automática, sino de un proceso donde la empresa analiza si las funciones del puesto son compatibles con la virtualidad, manteniendo siempre sus facultades de dirección y organización.

Congreso de la República propone teletrabajo para madres y padres en este único caso.

Congreso de la República propone teletrabajo para madres y padres en este único caso.

Es fundamental aclarar que esta medida no debe confundirse con una licencia de maternidad o paternidad convencional. Mientras que la licencia implica una suspensión temporal de las labores, el teletrabajo bajo este esquema garantiza que el empleado siga siendo productivo desde su hogar, permitiéndole una supervisión cercana del infante sin interrumpir sus responsabilidades profesionales.

Es importante mencionar que este dictamen se basas en el Proyecto de Ley 10015/2024-CR, de autoría del congresista Alfredo Pariona Sinche. Esta iniciativa incorpora el párrafo 16.3 al artículo 16 de la Ley 3572.

Teletrabajo sería válido hasta que el menor cumpla 1 año

La temporalidad es un factor clave en la normativa aprobada por la comisión parlamentaria. El beneficio se extiende estrictamente hasta que el niño o niña cumpla su primer año de edad; una vez finalizado este periodo, el trabajador deberá retornar a su modalidad presencial previa, a menos que exista un pacto o acuerdo distinto con su centro laboral.

SOBRE EL AUTOR:

Periodista especializada en temas de actualidad, política y policiales. Licenciada en Ciencias de la Comunicación por la UTP con más de 3 años de experiencia. Redactora web en El Popular y presentadora de "Capturados". Interesada en temas relacionados con misterios, películas y series policiales.

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