Serfor alerta: ¿Lo tienes en casa? El adorno navideño que podría generar multas de hasta 5.000 UIT

El Serfor pide evitar el uso de un producto muy popular en los nacimientos peruanos, recordando que su uso sin autorización va en contra la ley.

Únete al canal de Whatsapp de El Popular
Serfor emitió una alerta por el uso del musgo en los nacimientos por Navidad
Serfor emitió una alerta por el uso del musgo en los nacimientos por Navidad Crédito: Foto: difusión

Con la llegada de la Navidad 2025, tiendas y ferias se llenan de figuras, luces y accesorios para armar el tradicional nacimiento. Con varias versiones hechas por los peruanos, en algunos sectores se usa el musgo natural, costumbre que está directamente relacionada con la extracción ilegal de recursos forestales en zonas andinas y amazónicas, donde este vegetal cumple funciones clave.

En ese sentido, el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) exhortó a la ciudadanía a no utilizar musgo natural en los nacimientos y a optar por alternativas sostenibles, recordando que su comercialización sin autorización puede acarrear multas de hasta 5.000 UIT.

<strong>En Perú existen diversos tipos de nacimientos</strong>

En Perú existen diversos tipos de nacimientos

Por qué el Serfor pide no usar musgo en los nacimientos navideños

El llamado de atención se produce luego de que, a lo largo del 2025, el Serfor detectara un alto volumen de decomisos de musgo extraído ilegalmente, lo que confirma que la demanda estacional por Navidad sigue impulsando su venta informal, especialmente en regiones de la sierra central.

Según la entidad, el musgo no es un simple elemento decorativo. Cumple un rol fundamental en los bosques al retener y filtrar el agua de lluvia, regular la humedad del suelo, fijar carbono, prevenir la erosión y servir de refugio para especies de flora y fauna silvestre. Además, facilita la regeneración natural del ecosistema al favorecer la germinación de otras plantas.

Es por eso que se recuerda que la extracción, transporte, comercialización o tenencia de musgo sin autorización constituye una infracción muy grave, según la Ley Forestal y de Fauna Silvestre (Ley 29763). Las sanciones pueden ir desde 10 hasta 5.000 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), dependiendo de la gravedad de la falta.

SOBRE EL AUTOR:

Periodista especializada en temas sobre actualidad, policiales e internacionales. Egresada de la Universidad Jaime Bausate y Meza que forma parte del Grupo La República desde el 2017 en marcas como La República y Wapa.

Ofertas

Lo más reciente