Minsa aprueba estricta norma que obliga a farmacias a contar con técnicos acreditados y prohíbe sugerir medicamentos alternativos
Los cambios propuestos buscan garantizar una adecuada dispensación de medicamentos, evitando la automedicación y la venta irregular de fármacos que requieren receta médica.
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El Poder Ejecutivo publicó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo N.º 015-2025-SA, con el cual se modifican artículos claves del Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos. Esta norma introduce cambios sustanciales sobre la acreditación del personal técnico en farmacia, así como en la escala de infracciones y sanciones aplicables a farmacias y boticas en todo el país.
La medida busca garantizar la atención adecuada en la dispensación de medicamentos, reducir la automedicación y frenar la venta irregular de fármacos sujetos a prescripción médica.

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¿Qué cambia en la acreditación del personal técnico en farmacia?
Uno de los puntos centrales recae en la modificación del artículo 43 del reglamento. Ahora podrán laborar en farmacias aquellos que cuenten con “título o certificado de estudios culminados que lo acredite como técnico en farmacia”.
Sin embargo, se mantiene la prohibición para realizar actos de dispensación de fármacos bajo receta. El nuevo texto del artículo es enfático:
“El personal técnico en farmacia que labora en las farmacias y boticas está impedido de realizar actos correspondientes a la dispensación de productos farmacéuticos de venta bajo receta médica o de ofrecer al usuario alternativas al medicamento prescrito, bajo responsabilidad del Director Técnico y del propietario del establecimiento”.
Asimismo, el decreto refuerza la responsabilidad de los químicos farmacéuticos, señalando que:
“El Director Técnico capacita y supervisa permanentemente al personal asistente y técnico en el correcto desempeño de sus funciones”.

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¿Cuáles son las nuevas sanciones para farmacias y boticas?
El Decreto Supremo también modifica el Anexo 01 del reglamento, incorporando sanciones más estrictas.
- Los establecimientos sin personal técnico acreditado serán sancionados con 0.5 UIT (S/ 2,675).
- Las infracciones por incumplir requisitos de dispensación de medicamentos con receta médica continúan en 1 UIT (S/ 5,350), de acuerdo con disposiciones de la Digemid.
Esto marca un endurecimiento progresivo en el marco regulatorio, en beneficio de la salud pública.
¿Por qué preocupa la venta irregular de medicamentos?
El riesgo de automedicación y la venta libre de fármacos que requieren receta es un problema recurrente. Según la Digemid, esta práctica fomenta complicaciones graves como la resistencia antimicrobiana.
El especialista de la Digemid, Luis Costilla, advirtió que:
“Entre los riesgos para la salud que presenta la venta libre de medicamentos que requieren receta tenemos la resistencia ocasionada por el uso indiscriminado de antimicrobianos, lo que ha generado que los microorganismos se fortalezcan y se hagan resistentes a los medicamentos, logrando neutralizar sus efectos”.
En el caso de psicofármacos, agregó que su consumo sin control médico puede generar:
“abuso, dependencia y hasta ser utilizados para cometer actos delictivos”.
¿Quiénes suscribieron el Decreto Supremo N.º 015-2025-SA?
La norma fue suscrita por la presidenta de la República, Dina Boluarte, el ministro de Salud, César Henry Vásquez Sánchez, y el ministro de Economía y Finanzas, Raúl Pérez Reyes Espejo.
Su publicación oficial se realizó el 20 de agosto en el Diario Oficial El Peruano y en las plataformas digitales del Estado.
Periodista especializada en actualidad y tendencias. Bachiller en Periodismo en la Universidad Jaime Bausate y Meza. Redactora en Popular. Interesada en temas relacionados con actualidad nacional e internacional, virales en tendencia y más.








