Yape y Plin en la mira: La DRÁSTICA medida que tomará la SBS si caen las apps de bancos y billeteras digitales

La medida se implementará desde el próximo 1 de junio con el fin de proteger a los usuarios ante caída inesperadas de los sistemas de los bancos en sus billeteras digitales y apps.

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A través de la Resolución N.° 0814-2025, las billeteras digitales y app de bancos deberán cumplir con nuevos protocolos ante la caída de sus sistemas desde junio.
A través de la Resolución N.° 0814-2025, las billeteras digitales y app de bancos deberán cumplir con nuevos protocolos ante la caída de sus sistemas desde junio. Fuente: GLR - Crédito: Composición El Popular

¡Atención! La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha publicado la Resolución N.° 0814-2025, que introduce un reglamento oficial destinado a las billeteras digitales y aplicaciones bancarias. Esta normativa busca optimizar las operaciones en caso de fallas en el sistema, garantizando así la protección de los clientes y minimizando inconvenientes. Sin embargo, aquellas entidades que incumplan con la medida podrían recibir una fuerte sanción. En la siguiente nota, te contamos todos los detalles.

¿En qué consiste la nueva medida oficializada por la SBS ante una posible caída del sistema de las billeteras y aplicaciones bancarias?

De acuerdo a la medida publicada por la SBS, se ha dispuesto que las entidades bancarias deben restablecer sus servicios en un plazo que oscila entre 3 y 5 horas. Esta medida busca minimizar el impacto de cualquier inconveniente en la experiencia de los usuarios, garantizando así una atención más eficiente y oportuna.

Esto quiere decir la medida detalla que el tiempo se aplicará bajo el tamaño de la entidad. Esto quiere decir que si es más de tres horas continuas o acumuladas entre las 6:00 p.m. y las 10:00 p.m., mientras que paras empresas con concentración de mercado; y cinco horas para las demás. Los servicios que deben ser protegidos son transferencias bancarias, pago a proveedores, pago de planillas empresariales y pagos interoperables.

Sin embargo, esta medida entrará en vigencia desde el 1 de junio del presente año, para empresas con mayor concentración del mercado. Mientras que desde el 1 de enero se aplicará para el Banco de la Nación y el resto de entidades financieras.

¿Cuál es el protocolo que deberán cumplir las entidades financieras ante la caída de sus sitemas?

  • Información al instante mediante los canales alternativos.
  • Monitorear los servicios para detectar cualquier problema.
  • Tiempo de reanudación del servicio.
SOBRE EL AUTOR:

Periodista especializado en actualidad, vida y deportes. Bachiller en Periodismo en la Universidad Jaime Bausate y Meza. Redactor en El Popular. Interesado en temas relacionados como economía, coyuntura nacional e internacional, trucos caseros y educación.

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