Feriado 31 de octubre y 1 de noviembre: ¿quiénes trabajan y qué pago les corresponde?
Conoce cuánto te deberán pagar si trabajas en el feriado largo.
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Se aproxima un feriado largo para los peruanos. Estamos por terminar octubre y empezar noviembre y entre estas fechas en Perú tenemos varias celebraciones juntas. La primera en llegar es el "Día de la Canción Criolla" que se celebra cada 31 de octubre y junto a la popular fiesta estadounidense Halloween, y el día siguiente, es decir el 1 de noviembre es el "Día de Todos los Santos", por lo que los trabajadores del sector público y privado tendrán un prolongado descanso.
Sin embargo, puede que por demanda laboral tengas que trabajar alguno de estos días o tal vez ambos, si ese fuera el caso tu empleador deberá pagarte un porcentaje adicional. En esta nota de El Popular te contamos cuánto dinero te corresponde por laboral en feriado nacional.
¿Cuánto se paga por trabajar en feriado nacional?
Según lo establecido por el Estado Peruano, cualquier ciudadano que labore un día feriado, deberá recibir el triple del pago habitual por cada día trabajado. Es decir, que cualquier persona que labore el 1 de noviembre deberá recibir por parte de su empleador tres conceptos de pago que son:
- Pago por feriado laborado
- Pago por la labor efectuada
- Sobretasa del 100%
Cabe mencionar que estos pagos al trabajador se hacen efectivos, siempre que no haya sustituido el día feriado por algún otro día. Podrás ver el monto adicional en tu boleta de pago.
¿Quiénes trabajan este 31 de octubre?
A diferencia del 1 de noviembre, el 31 de octubre fue declarado como "Día no laborable" para el sector público, por lo que los trabajadores del sector privado tendrían que trabajar con normalidad en dicha fecha, pues depende del empleador acatar o no dicha disposición. El sector público no trabajará ese día.
Cabe señalar que el Decreto Supremo 033-2022-PCM, establece que los trabajadores que tomen un descanso, este 31 de octubre, deberán compensar las horas laborales en los días próximos al descanso según la disposición del empleador.
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