Descubre los productos que puedes importar sin pagar impuestos, según la Sunat
Ciertos artículos se pueden ingresar al país sin declarar a la aduana. Conoce aquí cuáles son.
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La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó acerca de los productos que se pueden ingresar al país sin pagar impuestos y los límites que no se deben sobrepasar al momento de importar ciertos artículos.
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En ese sentido, debido a que muchos peruanos prefieren adquirir ciertos productos en el extranjero por el precio más económico que tienen, se pueden tener ciertos inconvenientes en Aduanas del Aeropuerto de Lima. Por ello, aquí te detallamos cuáles son todos los artículos que se encuentran libres de impuestos y no requieren la presentación de la Declaración Jurada de Equipaje.
Bienes
- Maletas
- Bolsas y otros envases de uso común que contengan los objetos que constituyen el equipaje del pasajero sus prendas de vestir.
- Objetos de adorno y tocador.
- Medicamentos.
- Libros.
- Revistas.
- Documentos impresos.
Artículos electrónicos o electrónicos portátiles
- Aparato electrodoméstico para el cabello (2 unidades).
- Calculadora electrónica (1 unidad).
- Receptor de radiodifusión o reproductor de sonido, incluso con grabador, o equipo que en su conjunto los contenga, no profesional, con fuente de energía propia (1 unidad).
- Videocámara no profesional con fuente de energía propia, con una antigüedad mayor de 7 años (1 unidad).
- Aparato reproductor de discos digitales de video (1 unidad).
- Aparato de videojuego electrónico doméstico (1 unidad).
- Agenda electrónica o tableta electrónica (1 unidad).
- Computadora portátil con fuente de energía propia mayor de 7 años de antigüedad (1 unidad).
- Máquina rasuradora o depiladora eléctrica, con una antigüedad mayor de 7 años (1 unidad).
- Cámara fotográfica (2 unidades).
- Teléfono celular (2 unidades). Uno de ellos debe tener más de 7 años de antigüedad.
Soportes de datos y memorias
- Disco compacto (20 unidades).
- Disco duro externo para computadora (2 unidades).
- Memoria para cámara digital, videocámara y/o videojuego (4 unidades).
- Memoria USB, pen drive (4 unidades).
- Disco digital de vídeo o para videojuego (10 unidades).
Tabaco y bebidas alcohólicas
- Cajetillas de cigarros (20 unidades).
- Cigarros puros (50 unidades).
- Tabaco picado o en hebras para fumar (250 gramos).
- Licor (3 litros).
Instrumento musical
- Instrumento musical portátil (1 unidad).
Artículos deportivos
- Artículos deportivos (1 unidad o 1 set).
Mascotas
- Animal doméstico vivo como mascota, previo control sanitario de SENASA (1 unidad).
Otros Bienes
- Bienes para uso o consumo del pasajero y obsequios que por su cantidad, naturaleza o variedad se presuma que no están destinados al comercio, por un valor en conjunto de US$ 500. En caso dentro de dichos bienes, porten artefactos eléctricos, electrónicos, herramientas, y equipos propios de la actividad, profesión u oficio del pasajero, no pueden exceder de una (1) unidad por cada tipo (US$ 500, valor en conjunto)
Artículos de personas discapacitadas o enfermas
- Medios auxiliares y equipos necesarios para su control médico y movilización (silla de ruedas, camilla, muletas, medidores de presión arterial, temperatura o glucosa, entre otros) que porten consigo los pasajeros discapacitados o enfermos (razonable para su viaje).
Dinero
- En efectivo y/o instrumentos financieros negociables, en dólares americanos o su equivalente en otra moneda.
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