Colegio de Abogados de Lima pide a Pedro Castillo acudir a citaciones judiciales y "colaborar" con investigaciones
El decano del Colegio de Abogados de Lima, César Bazán, detalló que la Constitución establece que el presidente de la República no puede ser acusado; sin embargo, sí puede ser investigado porque se trata de una etapa previa.
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El decano del Colegio de Abogados de Lima (CAL), César Bazán Naveda, recomendó al presidente de la República, Pedro Castillo, a nombre de este gremio, a que acuda a las citaciones del sistema de justicia para que declare, por ejemplo, en la investigación seguida a la empresaria Karelim López, el exsecretario Bruno Pacheco y otros por el presunto delito de lavado de activos.
En conversación con RPP Noticias, el abogado recordó que la Constitución establece que el presidente de la República "personifica a la Nación" y, por lo tanto, "debe ser modelo de lo que un ciudadano debe ser". En ese sentido, señaló que, como todos los ciudadanos, debe afrontar los procesos judiciales que tenga y colaborar con la justicia al respecto.
"El presidente no puede dar la imagen de que está utilizando vericuetos legales para evadir el cumplimiento de la disposición constitucional y esa es la invocación que hacemos porque de un tiempo a esta parte se ha empezado, por parte del presidente y otras instituciones, a evadir ese tipo de obligaciones morales que tiene una autoridad frente a la sociedad", manifestó la autoridad.

"Por eso pedimos al presidente, congresistas, alcaldes, que muestren colaboración con las investigaciones. El Perú no puede ser un reino en el cual la corrupción campee y busquemos excusas para no perseguirla, o busquemos excusas para ocultar la realidad (…). El Perú no puede mostrarse como una Nación tolerable a la corrupción", añadió.
Por otra parte, el especialista explicó que la Constitución Política del Perú establece que el presidente de la República no puede ser acusado; sin embargo, sí puede ser investigado porque se trata de una etapa previa. Del mismo modo, agregó que el hecho de que no pueda ser acusado "no significa impunidad o tolerancia absoluta de todos los actos que pueda cometer una persona".
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