Guido Bellido presenta proyecto de ley para retirar hasta el 50% de las AFP

Congresista de Perú Libre buscaría cambiar artículo de la Constitución para que los apartes de las AFP y ONP ya no sean intangibles.

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Proyecto de ley busca retirar hasta el 50% de las AFP
Proyecto de ley busca retirar hasta el 50% de las AFPCrédito: GLR

Guido Bellido, congresista de Perú Libre y expresidente del Consejo de Ministros, presentó un proyecto de ley que busca cambiar la actual Constitución para poder retirar hasta el 50% de tus fondos de ahorros del Sistema Privado de Pensiones, así como el Sistema Nacional.

“La presente ley tiene por objeto modificar el artículo 12° de la Constitución Política del Perú, con la finalidad de preservar el bienestar general y garantizar la subsistencia de los aportantes al Sistema Nacional de Pensiones y a las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, frente a las contingencias económicas por las cuales atraviesen los aportantes”, se indica en objetivo de la iniciativa legislativa.

“A excepción de los que corresponden a los aportes realizados’ al Sistema Nacional de Pensiones y a las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, en cuyo caso se puede devolver hasta la mitad del monto total aportado, con el propósito de que los aportantes afronten situaciones excepcionales que pongan en riesgo su salud o subsistencia”, se plantea como cambio en la Constitución.

Para sustentar su proyecto de ley, el parlamentario de izquierda indica que el objetivo es ayudar a las familias peruanas afectadas por el problema económico a causa de la pandemia del COVID-19.

“No se contraviene el objetivo último de la intangibilidad de los fondos que es perseguir el otorgamiento de una pensión, pues de otra forma, carecería de sentido que se persiga asegurar que un aportante pueda recibir su pensión de jubilación a futuro cuando cumpla los 65 años, si hoy no puede conseguir su subsistencia”, se alega en sus argumentos.

“Por consiguiente, al mantener el artículo 12 de nuestra Constitución que declara la intangibilidad de los fondos pensionarios, entendida esta como una inmovilización de los fondos en cualquier contexto sin tener en consideración contextos especiales como lo fue la crisis sanitaria global; resulta necesario replanteamos que si queremos dar cumplimiento a la finalidad de lo que implica el derecho a la seguridad social, este artículo de la constitución política debe ser modificado a fin de que el Estado peruano garantice a sus ciudadanos su pleno disfrute”, se agrega en el proyecto de ley.

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