Gobierno amplía estado de emergencia y oficializa obligatoriedad de tercera dosis para mayores de 18 años
El Decreto Supremo prorroga el estado de emergencia por el plazo de 30 días calendario, y detalla que desde el 1 de abril los ciudadanos deberán tener las tres dosis para ingresar a lugares cerrados.
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El gobierno de Pedro Castillo oficializó este sábado 26 de marzo, la obligatoriedad de la tercera dosis contra la COVID-19 para ingresar a lugares cerrados públicos y privados como centros comerciales, galerías, mercados, casinos, tragamonedas, gimnasios, entre otro, el cual se aplicará desde el 1 de abril.
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Asimismo, la medida anteriormente anunciada por el ministro Hernán Condori en conferencia de prensa, indica que también será de manera obligatoria las tres dosis para utilizar el transporte público. Es decir, los choferes y cobradores, así como taxistas, deberán acreditar la dosis de refuerzo para trabajar con normalidad.
“Toda persona que realice actividad laboral presencial, debe acreditar haber recibido las tres (3) dosis de vacunación contra la COVID-19, siempre que se encuentre habilitada para recibirlas”, se lee en el decreto.
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De igual modo, mediante el Decreto Supremo N° 030-2022-PCM hizo oficial la prórroga del Estado de Emergencia Nacional por el plazo de 30 días calendario, “por las circunstancias que afectan la vida y salud de las personas” como consecuencia de la covid-19.
“Durante el Estado de Emergencia Nacional queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en los incisos 9, 11 y 12 del artículo 2 y en el inciso 24, apartado f) del mismo artículo de la Constitución”, señala la norma.
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