Navidad 2021: ¿Autos particulares podrán circular HOY sábado 25 de diciembre?

¡Atención! Conoce AQUÍ si podrás sacar tu auto tras las nuevas medidas dispuestas por el gobierno de Pedro Castillo para la Navidad.

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Conoce si los carros particulares podrán circular este 24 y 25 de diciembre.
Conoce si los carros particulares podrán circular este 24 y 25 de diciembre.Fuente: GLR - Crédito: Composición El Popular

Ten cuidado. Desde hace unos días, los usuarios de las redes sociales viralizaron una imagen "oficial" que señala que los vehículos particulares no podrán circular el 24,25,31 de diciembre y el 1 de enero, pero debes saber que esa información es falsa, no existe ya que el gobierno no ha confirmado ninguna medida al respecto a la circulación de vehículos privados en fiestas. Sin embargo, se han dispuesto otras medidas para evitar la propagación del COVID-19 tras la llegada de la variante 'Ómicron' y confirmarse más de 30 casos en el país.

La captura que está circulando es la de una noticia del 2020 que fue anunciada en su momento por el Gobierno de Francisco Sagasti. No obstante, sí hay una restricción para los autos particulares durante la inmovilización social obligatoria de acuerdo a las zonas de riesgo publicadas en el Decreto Supremo N° 179-2021-PCM y son:

  • Zonas con nivel de alerta alto: De lunes a domingo desde las 12:00 m. hasta las 4:00 a. m. del día siguiente.
  • Zonas con nivel de alerta moderado: De lunes a domingo desde la 2:00 a. m. hasta las 4:00 a. m.

Cabe mencionar que la inmovilización social obligatoria está vigente desde el 10 de diciembre de 2021 al 2 de enero de 2022 según la provincia donde vives.

Medidas tras la llegada de la variante Ómicron

El ministro de Salud, Hernando Cevallos, anunció que se han reportado más de 8 casos en el Perú de la nueva variante del coronavirus llamada Ómicron. Por ello, se ha establecido nuevas medidas para Navidad y Año Nuevo. Para esos días habrá inmovilización social a partir de las 11:00 p.m. hasta las 4:00 a.m. del día siguiente. Asimismo, se ha reducido el aforo a espacios cerrados del 80% al 60% debido a los casos de esta nueva variante.

Requisitos para transportarse en buses y aviones

Buses 

Las personas mayores de 18 años que tienen previsto realizar viajes interprovinciales deben presentar su carnet que acredite haber recibido las dosis completas de vacunación contra el COVID-19. 

Además, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) recuerda que, desde el 10 de diciembre del presente año, es obligatorio que el viajero muestre el carnet físico que le entregaron en el centro de vacunación o el carnet virtual. Los certificados de vacunación obtenidos en el extranjero también son válidos. 

Aviones 

De igual forma, como parte de las acciones realizadas por el MTC para evitar la propagación del COVID-19, el sector estableció nuevos lineamientos para prevenir el contagio del coronavirus en el transporte aéreo de pasajeros y carga. Entre las principales disposiciones se establece el distanciamiento físico de 1 metro en los terminales aéreos. 

Restricciones en vuelos

El gobierno por el lado de los viajes no dejó las restricciones y suspendió el ingreso a los extranjeros no residentes que procedan de Sudáfrica y Botsuana o hayan hecho escala a esas naciones esto debido a la nueva variante ómicron que sigue causando preocupación a los sistema sanitarios en el mundo.

Restricciones en playas

Para las provincias de nivel alto moderado  el uso de playas, ríos, lagos o lagunas, está permitido cumpliendo siempre las medidas de bioseguridad, según el decreto Supremo Nº 179-2021-PCM. En el caso de las provincias de riesgo alto está permitido acudir a las playas. Pero lo gobiernos locales si consideran necesario pueden adoptar acciones adicionales, en coordinación con los gobiernos regionales.

Carné de vacunación

Recuerda que desde este 10 de diciembre se exige a las personas presentar un carné de vacunación con las dosis dosis para ingresar a los espacios públicos cerrados como centros comerciales, restaurantes, entre otros. Este certificado lo puedes presentar de forma física y virtual mediante un aplicativo gratuito del Ministerio de Salud.

¿Qué multas o sanciones habrá para quienes incumplan el toque de queda?

El ciudadano que incumpla con el toque de queda recibirá su multa que parte desde S/ 88.00 hasta los S/ 440.00 y si no paga estará  impedido de realizar cualquier trámite ante una entidad del Estado, así como ser beneficiario de cualquier programa estatal de apoyo económico, alimentario y sanitario.

De circular con su vehículo en esos horarios los efectivos de la Policía Nacional detendrán su tarjeta de propiedad y licencia de conducir y le impondrán una multa de S/ 6,450.

¿Qué calles que estarán cerradas por el toque de queda de este 25 de diciembre?

El general de la Policía Nacional del Perú, Jorge Luis Angulo Tejada, jefe de la Región Policial de Lima, brindó detalles de la nuevas medidas sanitarias dispuestas por el Estado para que se cumple cumpla con el toque de queda y dio a conocer las calles que permanecerían cerradas.

  • Vía Expresa Paseo de la República.
  • Javier Prado.
  • Cerro Centinela.
  • Vía Expresa Grau.
  • Circuito de Playas.

¿Están prohibidas las bebidas alcohólicas en playas, ríos y lagunas?

El Gobierno dispuso que los días 25, 26 y 31 de diciembre de 2021, y los días 1 y 2 de enero del 2022, queda prohibida la venta y consumo de bebidas alcohólicas, y venta de alimentos en playas, ríos, lagos, lagunas, y piscinas públicas a nivel nacional

SOBRE EL AUTOR:

Somos el equipo de actualidad de El Popular y tenemos las últimas noticias sobre el Gobierno de Pedro Castillo, el anuncio de nuevos bonos y cubrimos acontecimientos policiales de Lima y a nivel nacional.