Zorrito Run Run: Entre 4 mil y 5 mil especies silvestres son rescatadas al año ante tráfico de animales, afirma Serfor
La vocera de la entidad señaló que este delito está basado en la oferta y la demanda, es decir, los traficantes venden porque la gente compra, como sucedió con el zorrito Run Run.
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Entre 4 mil y 5 mil especies de fauna silvestre protegidas, al igual que el zorro Run Run, son rescatadas vivas anualmente en el país por el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor), entidad adscrita al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri), según informó este martes su directora de Gestión Sostenible del Patrimonio de Fauna Silvestre, Jéssica Gálvez-Durand.
Además, la funcionaria detalló que el tráfico de animales vivos de fauna silvestre está basado en la oferta y la demanda, lo que quiere decir que “los traficantes venden porque la gente compra, como sucedió con Run Run”, quien fue vendido como perro a una familia en Comas y pudo ser atrapado en las últimas horas para luego ser trasladado al Parque de las Leyendas.
En ese sentido, indicó que la lucha contra el tráfico ilegal de animales no consiste solamente en la tarea de intensificar las intervenciones, con apoyo de la policía y fiscalía, sino de crear conciencia en las personas para que no compren estas especies.
En entrevista para RPP sobre el índice de tráfico ilegal de animales, manifestó que no es que haya aumentado la incidencia, sino que se ha intensificado la información hacia la población sobre esta problemática, con campañas como la denominada ‘Si compras eres cómplice’.
“Creo que ahora la población está más informada y entregan animales que tenían en su poder. Si a algunos los pueden tener se evalúa el caso, como sucedió hace un tiempo con un loro”, explicó.
Asimismo, Gálvez-Durand señaló que se debe entender que el tráfico ilegal no solamente es la tenencia de un zorro, de un loro o de un mono, o cualquier animal, sino que los traficantes “sacan cientos y miles de animales del bosque para venderlos masivamente”.
Del mismo modo, expresó que cuando la gente se va a un mercado y compra un animal porque le da pena o lo quiere tener por cualquier razón, ya se configura el tráfico ilegal. “Al traficante no le interesa por qué razón se compra el animal, solo le importa la venta”.
“Toda la población tiene que tomar conciencia de eso y no comprar fauna silvestre en estado ilegal”, enfatizó.
Los tentáculos de este delito, según comentó, también trascienden la frontera y a pedido del cliente. “El tráfico ilegal de fauna silvestre es como la moda, por ejemplo, estamos hablando de tráfico de animales vivos, pero también hay tráfico de partes como los colmillos del jaguar y hemos emprendido la lucha contra eso, el mercado en este caso es la industria asiática”, mencionó.
Es decir, el mercado pone el precio o hace el requerimiento y los países megadiversos como el Perú “somos la fuente de esos recursos”.
Como dijo, la mayoría de estos animales rescatados se quedan en cautiverio pues es “bien difícil que regresen a su hábitat natural”, que resulta ser desconocido. Las especies pueden venir de regiones como Ucayali, Loreto, Madre de Dios o Piura.
Cabe mencionar que a fines del 2017 se elaboró la Estrategia Nacional para reducir el tráfico ilegal de fauna silvestre al 2027 en el Perú, la misma que constituye una política de Estado donde se articula a todas las instituciones que pueden tener un rol en la problemática, como son el Serfor y las autoridades regionales y locales, además de la población.
¿Qué animales son los más comprados?
La funcionaria del Serfor mencionó a los mamíferos (primates o monos), pero cuando estos van creciendo y desarrollan un comportamiento propio de su especie, como morder debido a que tienen colmillos grandes, la gente los abandona o los quiere devolver al Serfor.
“También están los loros, los coatíes, las tortugas motelo, las iguanas, boas, lagartijas, la mayoría compradas en el mercado negro”, añadió.
De igual forma, Galvez-Durand aseveró que, si bien en el 2020 disminuyeron las intervenciones de las autoridades contra los traficantes, debido a las restricciones por la pandemia, el comercio ilegal se intensificó de manera virtual, por lo que se viene coordinando con la policía y la fiscalía para hacer seguimiento a estas redes virtuales de comercio ilegal.
¿Dónde adquirir especies no amenazadas?
Galvez-Durand recordó que los loros son especies silvestres y no domésticos, al igual que los monos y los zorros. “Pueden estar amansados, como el caso de Run Run, que es diferente a ser domesticados”, resaltó.
Por ello, los loros, así como los periquitos y guacamayos están protegidos desde hace décadas, pues se comercializan a nivel mundial. No obstante, mencionó que pueden ser adquiridos en un zoocriadero autorizado que reproduzca de manera legal a ciertas especies de estas aves, pero no a las amenazadas, que como se ha explicado salieron de su hábitat o son víctimas del tráfico ilegal.
“En Serfor tenemos un libro rojo de la fauna silvestre, donde están las 389 especies que están categorizadas como amenazadas en el Perú”, señaló a fin de que el público pueda consultar.
Para conocer la lista de zoocriaderos autorizados por Serfor ingresa AQUÍ.
Las cifras del delito
El tráfico ilegal de fauna silvestre está considerado como uno de los cuatro negocios ilegales más lucrativos en el mundo y mueve alrededor de 23 mil millones de dólares.
La principal motivación de este delito es atender la demanda de animales vivos para mascotas, a pesar de que comprarlos para este fin puede ser sancionado con multas de hasta 500 UIT y constituye un delito establecido con pena de cárcel.
En el Perú se confiscaron más de 80.000 animales vivos entre el 2000 y 2018. Incluso hasta julio del 2019, en plena pandemia por el COVID-19, especialistas del Serfor registraron el decomiso de un total de 824 especímenes de fauna silvestre, entre vivos y muertos (piezas o partes) procedentes de 141 intervenciones o hallazgos.
La campaña “Si compras, eres cómplice” busca reducir el tráfico de fauna silvestre. Para mayor información se puede visitar el siguiente enlace: https://sicompraserescomplice.pe/.
La sanción
El artículo 308 del Código Procesal Penal, en el capítulo de Ley de delitos ambientales, señala que se castiga con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de cinco años a quienes adquieren, venden, transportan, almacenan, importan, exportan o reexportan, de forma no autorizada, recursos genéticos de especies de flora y/o fauna silvestre.
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