Montoya y Butters instan a desconocer resultados de la ONPE y anular elecciones, pese a ser delito
Electo congresista Jorge Montoya y el conductor de Willax TV Phillips Butters vienen promoviendo la alteración del orden democrático, pese a que se encuentra prohibido en la Constitución y penado en el Código Penal.
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Pese a que aseguraban representar ser garantes de la democracia previo a la segunda vuelta de las Elecciones 2021, diversas personalidades opositoras al candidato presidencial Pedro Castillo vienen promoviendo el desconocimiento de los resultados del proceso electoral y la toma de Palacio de Gobierno a fin de anular los comicios llevados a cabo el 6 de junio.
Uno de ellos es el congresista electo de Renovación Popular, Jorge Montoya, quien plantea que el próximo Congreso desconozca la victoria de Castillo Terrones y se convoque a nuevas elecciones. Por su lado, el conductor de televisión Phillips Butters propone a la ciudadanía la toma de control del Gobierno sacando al presidente Francisco Sagasti del sillón de Pizarro.
Al igual que ellos, el empresario Rafael López Aliaga y los excongresistas Víctor Andrés García Belaunde y Jorge del Castillo también se encuentran reforzando dicha teoría, pese a que violan la actual Constitución y quebrantan diversos artículos del Código Penal peruano.
Es que, de acuerdo al último párrafo del artículo 31° de la Constitución Política del Perú "Es nulo y punible todo acto que prohíba o limite al ciudadano el ejercicio de sus derechos". En tanto, el artículo 45° de la misma Carta Marga señala que "El poder del Estado emana del pueblo. (…) Ninguna persona, organización, Fuerza Armada, Policía Nacional o sector de la población puede arrogarse el ejercicio de ese poder. Hacerlo constituye rebelión o sedición”.
Asimismo, la abogada y comunicadora Rosa María Palacios, recordó que estos personajes vienen vulnerando el artículo 347° del Código Penal que asevera lo siguiente:
"El que, sin desconocer al gobierno legalmente constituido, se alza en armas para impedir que la autoridad ejerza libremente sus funciones o para evitar el cumplimiento de las leyes o resoluciones o impedir las elecciones generales, parlamentarias, regionales o locales será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de diez años”, indica.
Además, La República precisó que el Código Penal también castiga al funcionario que no se opone a una rebelió o sedición planificada. “El funcionario o servidor público que, pudiendo hacerlo, no oponga resistencia a una rebelión, sedición o motín será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de cuatro años”.
En tanto, el artículo 354° de la legislación penal también sanciona los actos que alteran el proceso de las elecciones: “El que, con violencia o amenaza, perturba o impide que se desarrolle un proceso electoral general, parlamentario, regional o municipal, o los procesos de revocatoria o referéndum será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de diez años”.
Mindef se pronuncia
Por su lado, el Ministerio de Defensa emitió un comunicado en sus redes sociales rechazando la incitación de los ex altos mandos militares, principalmente el de Montoya, y aseguran que ello no representa la opinión de las Fuerzas Armadas.
“Lamentamos el uso político de las Fuerzas Armadas, ya que ello no solo mella su institucionalidad, sino que genera zozobra y división en momentos en los que el país requiere unidad”, se lee en el pronunciamiento.
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