Un padrasto que abusó de su hijastra menor de edad fue enviado a la cárcel

El Ministerio Público de Lima Norte denunció a un sujeto por el delito de violación sexual y tocamientos indebidos.

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Dictan prisión contra  Piero Nogueira Amasifuen por abusar de su hijastra
Dictan prisión contra Piero Nogueira Amasifuen por abusar de su hijastraCrédito: Ministerio Público de Lima Norte

El Poder Judicial de Lima Norte dispuso nueve meses de prisión preventiva contra Piero Nogueira Amasifuen, tras ser acusado presuntamente de abusar sexualmente de su hijastra menor de edad en su vivienda del distrito de Santa Rosa de Quives de la provincia de Canta.

La Fiscalía Provincial Penal de Canta, hizo este pedido al denunciar a Piero Nogueira Amasifuen (21), por el presunto delito de violación sexual y realizar tocamientos indebidos a su hijastra de 13 años de edad.

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El fiscal Héctor Dennis Lagos Zuta informó que el procesado amenazaba a la menor para lograr su cometido. Tras la denuncia de la madre de la agraviada fue capturado en flagrancia delictiva.

Según el Código Penal, en su artículo 173 "violación sexual de menor de edad", quien cometa estos actos tendrá penas en dos circunstancias, si la víctima es menor de 10 años, la pena será de cadena perpetua y si la víctima tiene de 10 hasta 14 años, se le impondrá no menos de 30 años ni más de 35 años de cárcel.

Además, el código especifica que si el agresor tiene una posición, cargo o vínculo familiar que le dé autoridad sobre la víctima (padre, apoderado), la pena será de cadena perpetua. Esta misma figura se repite si es que como consecuencia de la violación se produce la muerte de la menor.

En caso de mayores de edad, el artículo 170 señala que la pena base por delito de violación sexual está entre los 6 y 8 años de prisión. La pena se eleva a no menor de 12 años ni más de 18 si la violación se realiza a mano armada por dos o más sujetos.

Si el agresor tiene una posición o cargo de autoridad sobre la víctima (conviviente, esposo, familiar, empleador, etc) y si fuera cometido por algún miembro de las Fuerzas Armadas, PNP, Serenazgo, etc.

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Si el autor conociera de que posee una enfermedad de transmisión sexual grave y si el autor es profesor o auxiliar en un colegio de la víctima y si la víctima tiene entre 14 y 18 años de edad. (recibe entre 12 y 18 años de cárcel).

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