Combate de Angamos: Gobierno oficializó el 8 octubre como día laborable para el sector público y privado

El presidente Martín Vizcarra anunció que el miércoles 8 de octubre será declarado como laborable debido al estado de emergencia

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El presidente Martín Vizcarra anunció que el jueves 8 de octubre, feriado nacional en que se conmemora el Combate de Angamos, será laborable para el sector público y privado debido a la pandemia por el coronavirus.

Según señaló el mandatario esta decisión se tomaría en el marco de la reactivación de la actividad económica que a la fecha se encuentra en la fase cuatro.

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De acuerdo con el Decreto Legislativo 713, en su artículo N° 5, los trabajadores tienen derecho a descanso remunerado en los días feriados señalados en la ley y en los días que se determine por dispositivo legal específico.

Es por ello que, según lo publicado en el Diario Oficial El Peruano, el estado deja sin efecto, de forma extraordinaria, el feriado 8 de octubre.

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¿Aún se contemplará el triple pago por trabajar en feriado?

Al respecto, las personas que trabajen en esta fecha recibirán su pago habitual por el día laborado. Por ejemplo, si un trabajador gana S/80 diarios, percibirá este mismo monto por tratarse de un día de labores como cualquier otro.

¿Existiría un cálculo diferente respecto de la remuneración por este día?

Acorde al Decreto de Urgencia, que deja sin efecto de forma extraordinaria únicamente el feriado que comprende el día 8 de octubre, el trabajo realizado en dicha fecha no sería retribuido con la sobretasa pagada por el trabajo en día feriado ni sujeto a descanso sustitutorio.

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