Jesús María: captan vehículo del BCR estacionado en espacio para personas con discapacidad

Según el Conadis, la acción de estacionar un vehículo en un parqueo destinado para personas con discapacidad se sanciona con 5 % de UIT.

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Pese a que la Ley 28084 garantiza el estacionamiento para personas discapacitadas, el conductor de este vehículo perteneciente al BCR decidió no respetarlo.
Pese a que la Ley 28084 garantiza el estacionamiento para personas discapacitadas, el conductor de este vehículo perteneciente al BCR decidió no respetarlo.Crédito: WhatsApp Alerta RTV.

Por: Pamela Advíncula/URPI-GLR.

A través del WhatsApp de RTV, un usuario denunció una presunta infracción de tránsito que habría cometido un vehículo que es de propiedad del Banco Central de Reserva del Perú (BCR) en Jesús María.

Según mencionó, el último 18 de septiembre a las 2 de la tarde, en exteriores del Banco Interbank ubicado en la avenida Arnaldo Márquez, el vehículo perteneciente a la entidad del Estado, de placa EGL-435 color negro, se estacionó sobre un lugar -según la Ley- reservado para personas con discapacidad.

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Como se muestra en imágenes, pese a las visibles señales verticales y horizontales de tránsito, el denunciante reporta que el vehículo se quedó estacionado por un buen tiempo.

"Estas fotografías fueron tomadas el 18-Set a las 2:00 p. m. en Jesús María, donde se muestra un vehículo oficial en un estacionamiento para personas con discapacidad y/o embarazadas. Una de las personas bajó del vehículo y regresó para dejar un paquete y luego se fue a hacer shopping, mientras su chofer lo esperaba dentro del vehículo", indicó el usuario.

"Estuvo allí por más de dos horas, frente a la agencia de Interbank de Jesús María. Es inadmisible que el dinero de nuestros impuestos sea utilizado de esta manera", enfatizó.

Ley 28084 es clara

De acuerdo a la Ley 28084, se establece como una infracción grave el usar o no reservar el parqueo para las personas con discapacidad.

El Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) advirtió que la acción de estacionar un vehículo en un parqueo destinado para personas con discapacidad se sanciona con 5 % de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), es decir, la suma de S/210.

También indica que las personas con discapacidad que conduzcan vehículos o las personas que las transporten, deberán estar inscritas en un registro codificado, el mismo que estará a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, quien expedirá el permiso especial de parqueo.

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Con la presentación del permiso, el Conadis otorgará al beneficiario un distintivo vehicular idóneo, cuyas características serán especificadas por el Reglamento.

"La persona debe de tener un distintivo vehicular para uso del espacio. Este distintivo lo entrega Conadis con un simple trámite en caso la persona esté inscrita en el registro, o debe tener sus certificado de discapacidad para acreditar su condición. En este caso es excepcional ya que deben tener sus distintivo", puntualiza el Conadis.