Gamarra: Sepa cuáles son las medidas del Gobierno para iniciar las actividades económicas [FOTOS]

El Estado publicó en el Diario el Peruano las medidas para la reactivación de actividades económicas.

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El Estado publicó en el Diario el Peruano las medidas que se deben realizar para la reactivación de las actividades económicas en el emporio comercial de Gamarra, Polvos Azules, Grau y Las Malvinas.

De acuerdo al Ministerio de la Producción el inicio, de las actividades económicas, será gradual y progresivo en los conglomerados productivos y/o comerciales a nivel nacional.

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La resolución ministerial N° 178-2020-Produce publicada hoy mostró los procedimiento y acciones que deben tomar todo los comerciantes y empresarios para iniciar sus actividades.

Por otra parte, esta medida no se aplicará en los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Loreto, Ucayali, Ica y las provincias de Santa, Huarmey y Casma del departamento de Áncash.

Plan de vigilancia

La resolución ministerial asegura que cada empresa debe tener un plan de vigilancia para evitar el contagio del mortal virus de Wuhan.

“Lineamientos para la vigilancia de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a covid-19”, aprobados por Resolución Ministerial N° 239-2020-Minsa y sus posteriores adecuaciones.

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Distancia Mínima entre personas

1. Distanciamiento social de 1 metro entre trabajadores.

2. Evitar aglomeraciones durante el ingreso y salida del centro laboral.

3. Educar permanentemente en medidas preventivas, para evitar el contagio por COVID-19 en el centro laboral, comunidad y en el hogar.

4. Exponer información sobre coronavirus por medio de carteles en lugares visibles y medios existentes.

Material de Seguridad Sanitaria

5. Uso obligatorio de mascarillas durante la jornada laboral. El tipo de mascarilla es de acuerdo al nivel de riesgo del puesto de trabajo.

Limpieza y Desinfección

6. Mecanismo para la limpieza y desinfección de manos, suelas de calzado y control de temperatura en las puertas de ingreso.

7. Implementar estaciones de lavado de mano y/o desinfección de manos (lavadero, caño con conexión a agua potable, jabón líquido o jabón desinfectante y papel toalla), garantizando su provisión permanente. Uno de los puntos de lavado o dispensador de alcohol gel deberá ubicarse a los ingresos, en lo que sea posible con mecanismos que eviten el contacto de las manos con grifos o manijas.

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8. Limpieza y desinfección de todos los ambientes del centro laboral. Se debe establecer la frecuencia de limpieza y desinfección en el contexto de la emergencia sanitaria.

9. Asegurar las medidas de protección y capacitación necesarias para el personal que realiza la limpieza de todos los ambientes; así como la disponibilidad de las sustancias a emplear en la desinfección.

Gestión de Residuos Sólidos

10. Disponibilidad de puntos estratégicos para el acopio de equipos de protección personal usados (EPP) usados, material descartable posiblemente contaminado (guantes, mascarillas u otros), para el manejo adecuado como material contaminado.

Gestión de Zonas Comunes

11. Espacios limpios y desinfectados de todos los ambientes del centro laboral.

12. Uso obligatorio de mascarillas durante la permanencia en los espacios del centro laboral. El tipo de mascarilla es de acuerdo al nivel de riesgo del puesto de trabajo.

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13. En cada punto de lavado o desinfección deberá indicarse mediante carteles, la ejecución adecuada del método de lavado correcto o uso del alcohol en gel para la higiene de manos.

14. En áreas de comedores, ascensores, vestidores, cafetines, medios de transporte y otros, deberán mantener la distancia de 1 metro respectivo entre usuarios y se deberá respetar los turnos previamente establecidos.