Gobierno publicó la Fase 2 de la reactivación económica ante emergencia por el coronavirus
El reinicio paulatino de las actividades económicas se desarrollará en todo el país, excepto en las regiones con más casos de coronavirus. El decreto entrará en vigencia desde el 5 de junio.
Únete al canal de Whatsapp de El Popular- Caso Andrea Vidal: imágenes inéditas revelan minutos antes del crimen de extrabajadora del Congreso
- Panetones Donofrio a solo S/2.50 solo por Navidad: dónde comprar ÚNICA promoción
La mañana de este jueves, el Gobierno publicó el Decreto Supremo Nº 101-2020-PCM que aprueba e implementa la Fase 2 de la Reanudación de Actividades. Todo esto se da en el marco del estado de emergencia por el coronavirus.
La norma fue anunciada en la Edición Extraordinaria del Diario Oficial El Peruano. Dicha reanudación entrará en vigencia desde el viernes 5 de junio.
LEE MÁS: Martín Vizcarra: “El oxígeno que se produzca será para los enfermos y no industrial”
Cabe precisar que el reinicio paulatino de las actividades económicas empezará en todo el país, excepto en Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Loreto, Ucayali, Ica y las provincias de Santa, Huarmey y Casma del departamento de Áncash.
En el decreto, el Gobierno también precisa que muchas actividades se desarrollarán a puerta cerrada. “Podemos empezar, pero tenemos que hacer protocolos”, especificó el presidente Martín Vizcarra en su última conferencia de prensa.
MIRA TAMBIÉN: Cuarentena: Se alarga la vigencia de la Suspensión Perfecta de Labores hasta el 8 de octubre
¿Cuáles son las actividades aprobadas?
El Ejecutivo aprobó diversas actividades como manufactura, agricultura, construcción, comercio y servicios. De acuerdo a la ministra de Economía, María Antonieta Alva, este paso permitirá reactivar el 80 % de operación de la economía.
"La reanudación de las actividades incluidas en las fases de la Reanudación de Actividades del presente Decreto Supremo, se efectúa de manera automática una vez que las personas jurídicas hayan registrado su “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo” en el Sistema Integrado para COVID-19 (SICOVID-19) del Ministerio de Salud, teniendo en consideración los Lineamientos para la vigilancia de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19, precisa el Decreto Supremo.