Poder Judicial rechazó hábeas corpus a Alberto Fujimori

Se determinó que Alberto Fujimori no corre peligro de ser contagiado con el coronavirus ya que es el único interno en penal Barbadillo.

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Expresidente no podrá salir de prisión al no existir riesgo de contagio por el coronavirus
Expresidente no podrá salir de prisión al no existir riesgo de contagio por el coronavirus

El Poder Judicial determinó declarar infundado el recurso de hábeas corpus a favor de Alberto Fujimori que presentaron sus hijos, ante un posible contagio de coronavirus. La Sala determinó que el exgobernante no corre riesgo de enfermarse con la COVID-19 ya que es el único interno en el penal Barbadillo .

Como se sabe, el recurso fue presentado por los hermanos Fujimori, argumentando el riesgo que tendría el exdictador de contraer el coronavirus, sin embargo, la jueza de turno, magistrada Adriana Zulueta, indicó en su denegatoria que Alberto Fujimori fue sentenciado por delitos que "constituyen crímenes Contra la humanidad de acuerdo al Derecho penal internacional".

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Además, en el oficio Zulueta mencionó que "las condiciones de cumplimiento de condena por el sentenciado interno Alberto Fujimori Fujimori son muy diversas a las de los demás internos de los diversos centros penitenciarios del país"

Asimismo, precisó que el exmandatario cuenta en el centro penitenciario "con servicio de salud equipado con cama clínica y camilla, a cargo de un médico general con horario de ocho de la mañana a dos de la tarde y tres técnicas en enfermería con turnos de 24 por 48 horas".

Dentro de los beneficios que cuenta Fujimori, también está "un vehículo multiusos que facultan el traslado del interno en caso que requiera atención especializada fuera del lugar".

“[…] siendo el único interno del centro penitenciario Barbadillo, es muy difícil que pueda contagiarse de tal virus”, ponderó la jueza Zulueta en el caso de Alberto Fujimori, por lo que determinó que “no se advierte de motivos ciertos que, apunten a probable inminencia de ser contagiado por el COVID-19”.

Otro de los argumentos que estableció la jueza Zulueta, es que las restricciones de visitas al reo Fujimori Fujimori, que "sufren todas las personas por efecto de la pandemia", le favorecen más aún porque no se expone a potenciales contagios al coronavirus.

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Igualmente, con la "atención médica garantizada por la presencia constante de personal médico y movilidad a su disposición por parte de personal sanitario, de la policía nacional y penitenciaria a su cuidado que se entienden están más capacitados que el común de la población para evitar exposición a la enfermedad y para no constituirse en fuentes de contagio”.

Finalizando, la magistrada aseveró que "la sola emergencia sanitaria, desde el punto de vista legal, no permite la excarcelación de un interno y en el caso analizado, no hay razones para acceder a tal petición”, dijo.

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