Estado de emergencia: reos que paguen pensión alimenticia podrán ser liberados

Viceministro de Justicia, Alex Rueda, asegura que medida ayudará a la desaglomeración de las cárceles y a que se cumplan los derechos del beneficiario económico.

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Presos que paguen pensión de alimentos podrán salir en libertad siempre y cuando cumplan con el pago.
Presos que paguen pensión de alimentos podrán salir en libertad siempre y cuando cumplan con el pago.

En una entrevista al canal oficial del Estado, TV Perú, el viceministro de Justicia, Alex Rueda, dio detalles sobre las nuevas medidas implementadas en los establecimientos penitenciarios con el fin de evitar una mayor propagación del coronavirus.

"Lo que se busca justamente es optimizar el procedimiento de conversión de penas para aquellas personas que han sido condenadas por el delito de omisión a la asistencia familiar", mencionó el viceminitro.

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Además, indicó que los presos que cumplan con el pago de pensión alimenciticia, podrán tener el beneficio de ser liberados para así también poder evitar la aglomeración de personas en las cárceles. Además informó cuales serían los procedimientos que tiene que seguir el acusado para quedar en libertad.

"Para la liberación de los internos por omisión a la pensión alimentaria solo se tiene que acreditar ante el juez el pago de la deuda y la reparación civil. Ya no habrá audiencia", indicó el viceministro.

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Asimismo, resaltó que dicha norma, no solo tiene el objetivo de reducir el hacinamiento de reclusos en marco de la emergencia sanitaria, sino también velar por los derechos de los beneficiados. Además también resaltó que la norma permite liberar unidades de albergue "para mejorar la estrategia sanitaria que se tiene actualmente en las cárceles".

Por otro lado, también alegó que alrededor de 85 presos condenados por el delito de omisión a la pensión alimenticia se han acogido al procedimiento de conversión y si al ser liberados no cumplen con seguir pagando dicha pensión se les puede revocar la medida.

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