Fiscal suspendió declaración de Ollanta Humala por llegar tarde a citación

El fiscal de lavados de activos, Germán Juárez Atoche no interrogó ayer al ex presidente Ollanta Humala, por haber llegado 25 minutos más tarde a la citación que estaba programada sobre la investigación por el caso Odebrecht.

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Fiscalía de Lavados de Activos suspendió diligencia de Ollanta Humala por llegar tarde a citación
Fiscalía de Lavados de Activos suspendió diligencia de Ollanta Humala por llegar tarde a citación

El fiscal de lavados de activos, Germán Juárez Atoche no interrogó ayer al ex presidente Ollanta Humala, por haber llegado 25 minutos más tarde a la citación que estaba programada sobre la investigación por la coima que habría recibido de la empresa Odebrecht.

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La Fiscalía de Lavados de Activos, informó que dicha fiscalía informó que Ollanta Humala, llegó 25 minutos después de la hora notificada para su citación, incluso cuando ya se había levantado el acta de inconcurrencia con las partes asistentes es decir con la Procuraduría, que incluso a la llegada de Humala Tasso, la procuradora ya se había retirado.

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El fiscal superior coordinador de Lavados de Activos, Rafael Vela Barba, explicó que se suspendió la diligencia de la señora Nadine Heredia porque acudió a la sede de la fiscalía a rendir su declaración ampliatoria con el abogado del señor Ollanta Humala Tasso, el doctor Julio Espinoza y en paralelo ingresaron por escrito también una solicitud en que planteaban la posibilidad de que puedan ser asesorada por parte del señor Espinoza.

Sin embargo, para la presente investigación dicho abogado ha sido designado por el procesado Ollanta Humala Tasso como su defensa y en el caso de la procesada Nadine Heredia, luego de la renuncia al patrocinio por parte de Roy Gates, ella designó como su abogado a Wilfredo Pedraza Sierra.

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Siendo así, ambos abogados han venido ejerciendo la defensa de sus patrocinados por separado, no se ha acreditado que pertenezcan a un estudio jurídico asociado (como para poder ejercer la defensa conjunta) razón por la cual cada uno ha señalado una casilla electrónica distinta para efecto de las notificaciones.

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Bajo dicha premisa la pretensión de que el abogado Espinoza Goyena participe como defensor de Nadine Heredia colisiona con los dispuesto en el artículo 84° numeral 4 del Código Procesal Penal, que a la letra dice, "el abogado defensor goza de todos los derechos que la ley le confiere para el ejercicio de su profesión, especialmente los siguientes que es participar en todas las diligencias, excepto en la declaración prestada durante la etapa de investigación por el imputado que no defienda".

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Por ello, el fiscal de lavado de activos Germán Juárez dispuso la reprogramación de la diligencia a fin de que no existan actos que turben  el debido proceso, informó la Fiscalía de Lavados de Activos.

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