Trabajadores independientes no pagarán Impuesto a la Renta
A partir del 2016, los trabajadores independientes (Cuarta Categoría) que emiten recibos por honorarios y perciban ingresos mensuales que no superen losS/. 2.880 no pagarán Impuesto a la Renta el 2016.
Únete al canal de Whatsapp de El Popular- Metro REMATA miles de productos desde S/4.90: cómo acceder a la oferta y qué sedes participan
- La única región del Perú que sufrirá descargas eléctricas, lluvias intensas y más en este 2024, según Senamhi
A partir del 2016, los trabajadores independientes (Cuarta Categoría) que emiten recibos por honorarios y perciban ingresos mensuales que no superen los
S/. 2.880 no pagarán Impuesto a la Renta el 2016.
Así lo indicó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), por ello señaló que los contribuyentes que proyecten que sus ingresos, el 2016 no superarán los S/. 34.560, podrán solicitar dicha suspensión.
“En caso de superarse el monto antes señalado, el contribuyente deberá declarar y efectuar el pago a cuenta del Impuesto a la Renta correspondiente, así como consignar en sus recibos por honorarios el importe de la retención (que para este año será de 8%)”, detalló.
¿Qué hacer?
Para acceder a este descuento el contribuyente deberá ingresar al portal de la Sunat (www.sunat.gob.pe) y acceder con su Clave SOL a Sunat Operaciones en Línea, módulo donde podrá ubicar el Formulario Virtual N° 1609.
Tras colocar la información solicitada y previa validación de los datos, se podrá imprimir la Constancia de Autorización de suspensión, que tiene vigencia hasta el 31 de diciembre del 2016.
Revisa todas las noticias escritas por el staff de redactores de El Popular.