Rosario Aronés Cánova
La Cuarta Sala Penal para reos libres ordenó que se abra proceso contra la conductora de televisión Magaly Medina por haber tildado de cornudo, santo cachón y mal padre al futbolista Jefferson Farfán, cuando tuvo una relación con su pareja Yahaira Plasencia.
Por mayoría, los magistrados del tribunal indican que los querellados Magaly Medina y su productor Patrick Llamo deben ser investigados por el delito de difamación agravada por otro juez penal.
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En octubre del 2019, la jueza Cecilia San Martín Montoya rechazó la demanda que interpuso Jefferson Farfán contra Magaly.
Sin embargo, la Sala analizó la apelación que interpuso el futbolista y sostiene que los demandados han realizado diversas aseveraciones contra el jugador, desde el 3 al 26 de junio del 2019, y resultarían ser perjudicantes y ofensivos al honor del agraviado, por lo que se dispone que se aperture proceso penal.
En su programa, Magaly Medina le dijo a la Foquita: “Es un cornudo porque habría reiniciado una relación amorosa con su ex pareja Yahaira Plasencia, que le habría puesto un departamento a la cantante, que le habría destinado dinero para que compre muebles y enseres, que habría invertido poniéndole al mejor productor musical del mundo”.
La periodista también dijo: “Anteriormente realizaba juergones en un búnker, que no visita a sus hijos con regularidad, como típico machista y macho peruano, no sería capaz de oficializar la supuesta relación actual con Yahaira Plasencia”, también dejó entrever que su madre tomaría las decisiones y manejaría su dinero, entre otras expresiones similares, que dañan su honor y reputación.
Además, en un informe tilda al futbolista con el sobrenombre de “santo cachón del fútbol peruano” y el término “venancio”.
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Tales expresiones harían referencia a que este anteriormente habría sido pasible de una infidelidad por parte de Yahaira Plasencia, por eso se advierte que constan elementos de juicio sobre la presunta comisión del delito de difamación.
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