Recientemente, se dio a conocer que una de las empresas más importantes a nivel internacional, como lo es Nike, tuvo una gran batalla legal de siete años contra una empresa peruana. Esta se dio allá en el 2016, cuando tomaron conocimiento de la similitud de su logotipo y su uso continuo en el mercado de nuestro país, por lo cual presentaron su denuncia ante Indecopi, pero sin éxito alguno, ya que esta pelea terminó de ser evaluada en el 2023.
Todo comenzó cuando este emprendedor llevó a cabo un gráfico de dos anzuelos paralelos para que sea colocado en sus diferentes prendas. Cuando Nike lo visualizó, llevó a cabo su proceso legar en varias instancias, aunque la primera pasó por Indecopi y determinó que solo fue colocado en las medias. En este preciso momento, la compañía estadounidense aseguró que había solo una pequeña variación, pero la entidad en mención resolvió que el emblema se podía usar.
Del mismo modo, la compañía volvió a reiterar que este empresario actuó de “mala fe”, pero nada pudieron hacer cuando no tenían la razón de ninguna parte y solo se resolvió que la pequeña empresa podía elaborar sus medias con el logotipo, pero solo en ese rubro.
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Tras revisarse las pruebas con fotografías, La Corte Suprema notó que el estampado no era legible, pero en las etiquetas sí se podía visualizar y para ellos era muy diferente al de la empresa.
“Conforme se advierte del escrito de demanda, que obra a fojas ciento noventa y tres del expediente judicial digital, la empresa accionante Nike Innovate C.V. interpone demanda, solicitando como pretensión principal, la nulidad de la Resolución N.º 1751-2017/TPI-INDECOPI de fecha cinco de junio de dos mil dieciséis, que resolvió: Primero: Confirmar la resolución N.º 3499- 2016/CSD-Indecopi, de fecha 21 de diciembre de 2016, que declaró fundada en parte, la acción de cancelación interpuesta y mantuvo el registro de la marca de producto constituida por la figura de dos anzuelos dispuestos en forma paralela, conforme al modelo (Certificado N.º 92627) para distinguir prendas de vestir, con expresa exclusión de calzados y sombrería de la clase 25 de la Nomenclatura Oficia pudo leer en la sentencia.
Periodista de actualidad, especializada en policiales y temas políticos. Graduada de la Universidad César Vallejo. Redactora web senior en El Popular. Interesada en temas relacionados a policiales, sociales, cine, baile, música, turismo, gastronomía y doblajes.