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Poder Judicial dispuso variar la regla de conducta contra la ex primera dama Nadine Heredia

La esposa del ex presidente Ollanta Humala, Nadine Heredia afronta un juicio presuntamente por recibir aportes ilegales para el Partido Nacionalista en las campañas electorales del 2006 y 2011.

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Nadine Heredia tendrá que pedir autorización para cambiar de domicilio | Archivo | El Popular

La esposa del ex presidente Ollanta Humala, Nadine Heredia Alarcón deberá cumplir una nueva regla de conducta en el proceso seguido en su contra por el delito de lavado de activos. El Poder Judicial dispuso que tiene que pedir autorización para poder ausentarse del lugar de residencia o variar de domicilio.

La Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional revocó la resolución de primera instancia que declaró infundado el requerimiento del Ministerio Público de variar regla de conducta de Nadine Heredia Alarcón en el proceso que afronta presuntamente por recibir aportes ilegales para el Partido Nacionalista en las campañas electorales del 2006 y 2011.

Cuál regla de conducta le cambió?

El Tribunal resolvió reformar la regla de conducta de “no ausentarse del lugar de residencia ni variar de domicilio, sin previo aviso a la autoridad fiscal y judicial” por “la obligación de no ausentarse del lugar de residencia y variar de domicilio, sin previa autorización judicial.”

Sostiene que, si bien se impuso inicialmente la obligación de no cambiar de residencia, el acto de “avisar” no cumple con la finalidad de prevenir idóneamente un eventual peligro de fuga de la procesada.

Rechazó apelación de la fiscalía

La Sala declaró infundado el extremo del recurso de apelación que buscaba revocar la resolución de primera instancia, y se imponga a Heredia Alarcón la “regla de conducta de no salir del país, sin previa autorización judicial”.

"La obligación de no salir del país sin previa autorización judicial, no es de recibo. Esconde una nueva medida más gravosa como es el impedimento de salida del país, la cual obedece a otros presupuestos y requisitos, los cuales no han sido invocados ni menos acreditados por el Ministerio Público", concluye la resolución.

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