
Con la llegada de las Fiestas Patrias, muchas personas se preguntan si el 24 y 25 de julio de 2025 serán declarados días no laborables. Si bien el 28 y 29 de julio están establecidos oficialmente como feriados nacionales, la inclusión de más fechas suele depender de lo que establezca el Gobierno a través de decretos supremos.
Hasta el momento, el 24 y 25 de julio no figuran como días no laborables oficiales según el calendario del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE). Sin embargo, el Ejecutivo podría aún declarar alguno de esos días como no laborable para el sector público, como parte de las medidas para fomentar el turismo interno o equilibrar la carga laboral con fines festivos.
En años anteriores, el Gobierno ha determinado días no laborables para el sector público, especialmente en fechas cercanas a feriados largos. Estas disposiciones suelen ir acompañadas de la obligación de recuperar las horas no trabajadas, lo que las diferencia de los feriados comunes, donde no se requiere compensación.
Para los trabajadores del sector privado, la aplicación de estos días es opcional. Es decir, los empleadores pueden acogerse o no a la medida, siempre que haya un acuerdo con sus colaboradores y se pacte cómo se compensarán las horas.
Ante esta incertidumbre, muchas personas están a la espera de un posible decreto supremo que confirme si el 24 o 25 de julio serán días no laborables en 2025. Esta decisión dependerá de la agenda del Ejecutivo y de las medidas que se adopten para incentivar el descanso y la economía durante Fiestas Patrias.
Por ahora, lo único oficial son los feriados del 28 y 29 de julio. Cualquier anuncio adicional será comunicado por los canales oficiales del Estado, por lo que se recomienda estar atentos a las actualizaciones del MTPE o de la Presidencia del Consejo de Ministros.
Según la legislación peruana, todos los trabajadores tienen el derecho de no laborar durante los feriados nacionales, manteniendo su salario habitual. En caso de que deban cumplir con sus funciones en esas fechas por la naturaleza de su empleo, tienen derecho a recibir una remuneración triple, siempre que no se les otorgue un día de descanso compensatorio.

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Esta triple remuneración se distribuye de la siguiente manera:
Este derecho se aplica no solo durante las Fiestas Patrias, sino también en cualquier otro feriado reconocido oficialmente en el país.
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