El aumento del sueldo mínimo en el Perú ha conllevado a que se realicen modificaciones en las retribuciones de distintos trabajadores como los que laboran en el horario nocturno de 10:00 p.m. a 6:00 a.m.. Con el incremento de la Remuneración Mínima Vital (RMV) que rige desde este 01 de enero del 2025, los salarios de estos empleados también experimentarán un aumento. En el desarrollo de esta nota te contamos más detalles al respecto.
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En cuanto al sueldo de los empleados que ganan el sueldo mínimo y se encuentra bajo la modalidad de trabajo nocturno pasará de ser de S/1.383,75 a S/1.525,50 mensuales. Tal como se indica en el artículo 8 del Decreto Supremo N°007-2002-TR. La normativa vigente estipula que este monto se pueda calcular mediante la suma del sueldo mínimo establecido de S/1.130 y un incremento del 35% de la RMV.
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) enfatiza que las empresas no están autorizadas a omitir a sus empleados de la planilla alegando que se encuentran en periodo de prueba. Es así que los trabajadores tienen derecho a estar registrados en la planilla electrónica desde el inicio de su relación laboral. Una normativa que busca garantizar la protección de los derechos laborales desde el primer día de empleo.
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El salario mínimo se incrementó de S/345 a S/410 de acuerdo con el Decreto Supremo N° 010.
Se dio durante la gestión del expresidente Alejandro Toledo, donde se aumentó de S/410 a S/460 a través del Decreto Supremo N° 019.
El salario mínimo pasó a ser S/500 con el Decreto Supremo N° 016.
Ya durante el Gobierno de Alan García, el salario se elevó a S/530 inicialmente y luego a S/550 en enero de 2008 mediante los Decretos Supremos N° 025 y N° 002, respectivamente.
Durante la gestión de Alan García se dispuso un incremento a S/580 y posteriormente a S/600 en febrero de 2011, según los Decretos Supremos N° 011 y N°002, respectivamente.
El sueldo mínimo se incrementó a S/675 mediante el Decreto Supremo N° 011.
El salario mínimo se fijó en S/750 con el Decreto Supremo N° 007.
Se oficializa que el sueldo mínimo ascienda a los S/850 a través del Decreto Supremo N° 005.
Durante este año, la RMV se elevó a S/930 mediante el Decreto Supremo N° 004.
Se trata del último incremento en la historia del Perú que subió de S/930 a S/1,025 con el Decreto Supremo N° 003.
Periodista especializada en temas de actualidad, política y policiales. Licenciada en Ciencias de la Comunicación por la UTP con más de 3 años de experiencia. Redactora web en El Popular y presentadora de "Capturados". Interesada en temas relacionados con misterios, películas y series policiales.