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Fonavi: ¿Por qué todavía no empieza la devolución de aportes para los fonavistas 2023?

Conoce las leyes que solicitan la devolución de aportes y qué falta para que los fonavistas reciban su dinero.

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Conoce los apectos que impiden la devolución del Fonavi 2023. | Composición El Popular | GLR

¿A qué se deben las demoras para poder empezar con la devolución de aportes? Son miles los ciudadanos que se encuentran afiliados al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) que  buscan que se les regresen los pagos que realizaron durante sus años de labores. En la actualidad, la deuda total ronda los 42 millones de soles.

A continuación te damos a conocer por qué todavía no empieza la devolución de aportes para los que están dentro del Fondo Nacional de Vivienda para este 2023.

Puedes encontrar dentro de la nota:

  • Norma del Fonavi
  • Fallo del Tribunal Constitucional

Norma del Fonavi

En abril del 2021, durante la pandemia, se aprobó la ley 31173 que dispuso la devolución efectiva e inmediata de las aportaciones que efectuaron los trabajadores, dándole prioridad a la población vulnerable como consecuencia de la COVID-19.

No obstante, el Ejecutivo llegó a observar algunos puntos, estos obstaculizaban la ejecución de la norma, inclusive, un mes después, en mayo 2021, el Gobierno de la República presentó una demanda ante el Tribunal Constitucional en contra de esta ley.

Después de un año, en abril del 2022, el Congreso de la República corrigió las observaciones y, de esa manera, aprobó la ley 31454 para garantizar los pagos. Sin embargo, se presentaron más trabas. En ese momento, no se permitía la instalación de la Comisión Ad Hoc encargada de ejecutar la devolución de aportes, y conformada por integrantes del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la Oficina de Normalización Previsional (ONP) y la Asociación Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú (FENAF-Perú).

El MEF indicaba que no se podía acreditar a los representantes de los fonavistas debido a que había un error en el nombre de la asociación. Asimismo, ante esta observación, se realizaron las correcciones ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp), y de forma paralela, desde el Congreso, publicaron la ley n° 31604 para poder modificar ese punto y, de esa manera, continuar así con el proceso de pagos.

Fallo del Tribunal Constitucional

Por otro lado, cuando se instaló la Comisión Ad Hoc, el hasta entonces ministro de Economía, Kurt Burneo, dio a conocer que no se empezará con la devolución hasta que emita el fallo del Tribunal Constitucional relacionado a la ley 31173, de forma que el proceso quedó estancado unos meses más.

En marzo de este 2023, el colegiado resolvió la solicitud y dispuso que se devuelva solo los aportes efectuados por los trabajadores, aunque no de los empleadores, un fuerte golpe que reducía la deuda del Estado peruano de S/ 42.000 millones a solo S/6.000 millones (corresponde más del 90%).

Asimismo, cuando ya se creía que con este veredicto el MEF iba a empezar con la devolución de aportes, el ministerio observó otro punto regulatorio que impidió otra vez más el comienzo de los pagos. Cabe precisar que, se argumenta que la ley no permitía la emisión de certificados de reconocimiento de aportaciones y derechos (Cerad) parciales, sino por el monto total.

SOBRE EL AUTOR:

Periodista especializado en actualidad, policiales y deportes. Graduado en Ciencias de la Comunicación en la Universidad San Martín de Porres. Redactor y Communit Manager en El Popular. Interesado en temas relacionados con política, fútbol peruano e internacional, economía, coyuntura nacional y mundial.