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Tu pareja te prometió matrimonio y no lo cumplió, ¿puedo demandarlo y pedir una indemnización?

¿El amor se puede convertir en demanda? El drama legal detrás de una promesa de matrimonio. Conoce AQUÍ los detalles.

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¿Puedo demandar a mi pareja por promesas de matrimonio? | Composición EP | EP

Las promesas de matrimonio han sido parte de la cultura y la tradición en muchas sociedades durante siglos. Sin embargo, en ocasiones estas promesas pueden romperse, lo que puede dejar a una de las partes involucradas sintiéndose agraviada y según la La Corte Superior de Justicia de Lima Norte existe la posibilidad de emprender acciones legales.

Por ello en esta nota te explicaremos que implicaría esta demanda por promesas de matrimonio, entre otros aspectos relacionados.

Podrás ver en la nota:

  • ¿Qué dice el Código Civil sobre la ruptura de la promesa del matrimonio?
  • ¿Cuáles son los plazos que se debe de considerar ante la ruptura de la promesa de matrimonio?
  • ¿Qué son los esponsales o promesa de matrimonio?

¿Qué dice el Código Civil sobre la ruptura de la promesa del matrimonio?

De acuerdo con la La Corte Superior de Justicia de Lima Norte (CSJLN) indicó que una persona puede pedir una indemnización por “daños o perjuicios” a su expareja en caso le haya prometido matrimonio y luego desistiera.

Según el artículo 240 del Código Civil, si la promesa de matrimonio se formaliza indubitablemente entre personas legalmente aptas para casarse y se deja de cumplir por culpa exclusiva de uno de los promitentes, ocasionando con ello daños y perjuicios al otro o a terceros, aquel estará obligado a indemnizarlos.

Asimismo, se debe acreditar que la ruptura de la promesa originó “daños y perjuicios” y en caso que la indemnización alcancé a terceros que también se hayan visto afectados por la declinación. Según expertos indican que el incumplimiento de la promesa de matrimonio viene a significar la afectación emocional del contrayente, lo cual, para la normativa, merece también una indemnización.

¿Cuáles son los plazos que se debe de considerar ante la ruptura de la promesa de matrimonio?

De acuerdo con la ley determina que el derecho a solicitar indemnización se realiza dentro del plazo de un año a partir de la ruptura de la promesa, ya que en caso los prometido se donaron bienes o dinero, podrán revocar dicha donación, pero si no pueda revocarse, se tendrá la posibilidad de devolver el valor de dicho bien.

Esto sucede cuando quien recibe la donación vende dicho objeto y por tanto ya no lo puede recuperar ni devolver a su primer dueño, esto según el artículo 1635 del Código Civil que dispone las acciones a tomar en ese sentido.

Cabe mencionar que el demandante debe probar que la promesa es real y no solo por alguna conclusión que haya podido sacar, ya que quien alega algo debe probarlo, sea con imágenes, testigos, documentos y más medios probatorios.

Por lo que es importante contar con asesoramiento legal adecuado para evaluar cada caso específico y tomar decisiones informadas en conformidad con las leyes peruanas.

¿Qué son los esponsales o promesa de matrimonio?

Como se sabe los esponsales son la promesa de matrimonio mutuamente, ya que jurídicamente son un contrato de naturales aceptada, es decir conducen al contrato definitivo del matrimonio. Además, en el Perú, los esponsales siempre han sido regulados, tanto con el Código Civil de 1852, el de 1936, y en el vigente Código Civil de 1984.

SOBRE EL AUTOR:

Periodista especializada en temas de actualidad, educación, vida y salud. Bachiller de la Universidad Jaime Bausate y Meza.