¡Toma nota! Ante esto surge la duda de muchos empleados si pueden recibir su remuneración por planilla y a su vez por recibidos por honorarios en caso de recibir ingresos extras en la misma empresa o de otro lugar.
A continuación, te contaremos a detalle todo lo que debes saber sobre estos dos tipos de ingresos.
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Si el trabajador es dependiente y, además, emites recibos por honorarios por servicios adicionales durante el mes, debes saber que estás obligado a presentar una declaración jurada de impuestos a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
Sin embargo, el trabajador recibe alguna remuneración adicional por recibos por honorarios mientras se encuentra en planilla en la misma empresa, no está permitido ya que hace más de 10 años, la ley tributaria impide. Es por eso que el saldo deberá pagado por planilla.
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Si una persona ingresa a un trabajo formal, en su mayoría son colocados en planilla, más conocido como renta de quinta categoría y con ello acceden a beneficios sociales como la afiliación a una pensión, seguro de salud, entre otros.
En cambio, si la persona es un trabajador independiente emitir recibos por honorarios, denominada renta de cuarta categoría, que son las que se obtienen cuando no existe relación de subordinación con una persona o entidad.
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