El beneficio social que recibirán en los próximos días los trabajadores formales de ciertas empresas, les brindará un extra en el presupuesto mensual para poder comprar o pagar algún servicio pendiente. Si bien ya se han anunciado las fechas y el orden de pago, pocos saben cuánto podría ser el monto máximo que recibirán por concepto de utilidades.
En la siguiente nota, conoce cuáles serán los pagos máximos de las utilidades de cada trabajador formal.
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El pago de las utilidades pueden variar dependiendo el rubro de la empresa y el porcentaje que debe brindar. Asimismo, se debe tener en cuenta ciertos factores como:
Se suman ambos cálculos y de ahí se obtiene el resultado total de utilidades del empleado o empleada. Los beneficiarios de las utilidades de este año puede obtener hasta por concepto de máximo 18 sueldos. Si en caso existiera un remanente está debe ser notificado al Fondo empleo.
El pago de este año se ha establecido dependiendo el rubro de la empresa del trabajador:
Las empresas que generen rentas de tercera categoría están obligadas a repartir utilidades, estas corresponden a un porcentaje de la renta neta obtenida por las compañías en el periodo correspondiente al año anterior. El objetivo es que los empleados accedan a las utilidades netas que percibe el empleador a causa de su gestión empresarial, después de haber descontado las inversiones e impuestos.
Los beneficiarios son los trabajadores de empresas que cuenten con más de 20 trabajadores, sujetos al régimen de la actividad privada, que hayan cumplido la jornada máxima de trabajo puede ser por contrato indefinido o a modalidad.
Los trabajadores de las cooperativas, sociedades civiles y de empresas que no excedan los 20 trabajadores.
El pago de utilidades se debe realizar dentro de 30 días de vencido el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta. La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) publicó las fechas para la declaración del 2022. Todo inicia desde el 24 de marzo hasta el 11 de abril. Por último, los pagos se darán durante el 27 de mayo hasta el 11 de mayo.
ÚLTIMO DÍGITO DEL RUC Y OTROS | FECHA DE VENCIMIENTO |
0 | 24 de marzo de 2023 |
1 | 27 de marzo de 2023 |
2 | 28 de marzo de 2023 |
3 | 29 de marzo de 2023 |
4 | 30 de marzo de 2023 |
5 | 31 de marzo de 2023 |
6 | 3 de abril de 2023 |
7 | 4 de abril de 2023 |
8 | 5 de abril de 2023 |
9 | 10 de abril de 2023 |
Buenos Contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC | 11 de abril de 2023 |
Periodista especializado en actualidad, vida y deportes. Bachiller en Periodismo en la Universidad Jaime Bausate y Meza. Redactor en El Popular. Interesado en temas relacionados como economía, coyuntura nacional e internacional, trucos caseros y educación.