Te explicamos qué productos puedes traer del extranjero sin pagar impuestos en Perú. La Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) estableció algunas medidas en relación a los artículos que puedes traer en tus maletas desde el extranjero.
La Sunat da a conocer dos listas, artículos o efectivo, que pueden ingresar al país en una cantidad determinada sin tener que declararlo, y otra en la que es obligatorio tener una declaración jurada de equipaje.
Dentro de la nota:
En primer lugar están las pertenencias personales del viajero, estás incluyen las prendas de vestir, objetos de adorno, tocador, medicamentos, libros, revistas, documentos, entre otros.
Con respecto a los artículos electrónicos, existen ciertas limitaciones: un claro ejemplo es que solo se puede usar una calculadora electrónica, una radio o reproductor de sonido, videocámara (no profesional), reproductor de vídeos, consola de videojuegos, tableta electrónica, computadora, y una máquina rasuradora o depiladora eléctrica.
Cabe resaltar que en el caso de las cámaras fotográficas, teléfonos celulares y aparatos electrodomésticos para el cabello, pueden ingresar al país dos unidades. Además, la Sunat determinó límites con respecto a los soportes de datos o memorias. Solo pueden ingresar 20 unidades de discos compactos, dos discos duros externos, cuatro memorias SD, cuatro memorias USB, y 10 discos digitales de vídeo o videojuego.
En otro punto se indica que se puede llevar 20 cajetillas de cigarrillos o 50 unidades de cigarros puros o 250 gramos de tabaco picado (solo una de las tres opciones).Para las bebidas alcohólicas, el límite son tres litros. También, entre otros objetos que pueden ingresar están un instrumento musical portátil y un artículo deportivo (o un set).
Se puede traer una sola mascota, eso sí, previo control sanitario. Si mencionamos los obsequios o bienes para consumo del viajero que se presuma que no estén destinados al comercio; así como artefactos propios de la profesión del viajero, pueden ingresar al país si su valor en conjunto no supera los US$ 500.
Para culminar, el pasajero solo puede llevar máximo US$ 10,000 (o su equivalente en otra moneda) en efectivo o en instrumentos financieros negociables.
Es de gran importancia tener en cuenta que todos los bienes o artículos que no están considerados en el listado anterior, con un valor de hasta US$ 1,000, pagan 12%. En montos superiores, pagan los impuestos aplicables a una importación.
Por oto lado, se deben declarar las partes o repuestos de vehículos o embarcaciones, así como los bienes de los residentes en zonas fronterizas.
Existen mercancías restringidas, estas requieren autorización de una o más entidades competentes, se refieren a los productos agropecuarios, equipos médicos y odontológicos, flora y fauna silvestre, armas y municiones, patrimonio cultural, entre otros.
En lo que respecta al dinero en efectivo o instrumentos financieros negociables con un valor superior a US$ 10,000 y menor a US$ 30,000, deberán presentar una declaración jurada. No pueden ingresar más de US$ 30,000.
Se debe declarar que se porta lo siguiente:
Periodista especializado en actualidad, policiales y deportes. Graduado en Ciencias de la Comunicación en la Universidad San Martín de Porres. Redactor y Communit Manager en El Popular. Interesado en temas relacionados con política, fútbol peruano e internacional, economía, coyuntura nacional y mundial.