Luego de casarse, civilmente, muchas esposas se preguntan si deben colocar en su Documento Nacional de Identidad (DNI) el apellido de su esposo después del suyo. La interrogante surge al momento de ir al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) para cambiar el estado civil de soltera a casada.
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Para despejar esa duda, el abogado especialista en Derecho Civil y Familia, Frank Acevedo, señaló que existen normas actuales del código civil que son obsoletas, como aquella que obligaba a la mujer colocar el apellido del esposo después del suyo. No obstante, indicó que la aplicación de esa norma es opcional.
“Si bien es cierto el Artículo 24 del Código Civil señala que la mujer tiene el derecho de llevar el apellido de su marido agregado al suyo, es preciso señalar que esta norma contiene un derecho facultativo, más no es una obligación”, afirmó el letrado en su cuenta de TikTok.
Por consiguiente, no es necesario que la esposa se sienta obligada a llevar en su DNI el apellido de su esposo si es que así lo prefiere. Sin embargo, si lo que desea es llevar el apellido de su marido puede acercarse a las oficinas del Reniec y realizar el trámite y pago correspondiente.
Cada ocho años los ciudadanos peruanos deben renovar el DNI, pero no tienes que esperar a su caducidad de este documento. Lo puedes hacer dos meses antes, lo cual será tiempo suficiente para regularizarlo.
Comunicador Social especializado en Política, locales, policiales y agro nacional. Egresado de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Redactor web en El Popular. Interesado en temas relacionados con la Sociología, Historia, Matemáticas, Psicología, Filosofía, películas y series.