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ALERTA PNP | Actualizan lista de MULTAS DE TRÁNSITO 2026: revisa la tabla completa de infracciones y montos

La PNP ha publicado la lista de infracciones y multas de tránsito 2026. Las multas se clasifican como Muy Graves (M), Graves (G) o Leves (L) según su gravedad.

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ALERTA PNP | Actualizan lista de MULTAS DE TRÁNSITO 2026: revisa la tabla completa de infracciones y montos. | Composición El Popular - Difusión

¡Atención, conductores! La Policía Nacional del Perú (PNP) ha publicado la lista completa de las infracciones y multas de tránsito 2026, destinadas a aquellos usuarios que circulen por las calles y carreteras del país e incumplan con las normativas dispuestas por la entidad.

Las infracciones se identifican a través de códigos que empiezan con las letras M, G o L; estas se clasifican de acuerdo a su gravedad: Muy Graves (M), Graves (G) o Leves (L). El monto final de la multa se determina como un porcentaje de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente.

El valor de la UIT en multas de tránsito va desde S/ 5.500

Dentro de la actualización, se encuentra el valor del porcentaje de la UIT, siendo del 8%, lo que equivale a S/ 5.500; por lo que en caso de una infracción muy grave, esta sería de S/ 440. Mientras que las leves tienen, en general, una multa del 4% de la UIT.

Los conductores que residan en Lima pueden consultar la tabla completa de infracciones del SAT, que recoge el Reglamento Nacional de Tránsito junto a sus respectivas modificaciones en el siguiente enlace.

A continuación, te presentamos la lista actualizada de algunas infracciones junto con sus montos para el 2026, de acuerdo a la clasificación M, G o L.

Infracciones Muy Graves - categoría M

  • M01 – S/ 5.500: conducir con presencia de alcohol por encima de lo previsto en el Código Penal, bajo efectos de drogas o negarse al examen correspondiente cuando se haya participado en un accidente. Puede generar cancelación de la licencia e inhabilitación definitiva.
  • M02 – S/ 2.750: conducir con presencia de alcohol o bajo efectos de estupefacientes, narcóticos o alucinógenos, o negarse al examen. Genera suspensión de la licencia por tres años.
  • M03 – S/ 2.750: conducir un vehículo sin tener licencia de conducir o permiso provisional.
  • M04 – S/ 5.500: conducir con licencia retenida, suspendida o estando inhabilitado para obtener licencia.
  • M05 – S/ 2.750: conducir un vehículo con una licencia cuya clase o categoría no corresponde al vehículo.
  • M06 – S/ 1.320: estacionar en curvas, puentes, túneles, zonas estrechas, pasos a nivel, pasos a desnivel, pendientes o cruces ferroviarios.
  • M07 – S/ 1.320: participar en competencias de velocidad no autorizadas.
  • M08 – S/ 1.320: permitir que un menor de edad conduzca un vehículo sin autorización o permiso provisional.
  • M09 – S/ 1.320: conducir un vehículo con sistemas de dirección, frenos, suspensión, luces o sistema eléctrico en mal estado, previa inspección.
  • M10 – S/ 660: abastecer de combustible a un vehículo de transporte público de pasajeros cuando haya personas a bordo.

Infracciones Graves y Leves - categorías G y L

Infracciones Graves

  • G01 – S/ 440: adelantar o sobrepasar indebidamente a otro vehículo.
  • G02 – S/ 440: no realizar señales o tomar precauciones al girar, hacer U, cambiar de carril o detenerse.
  • G03 – S/ 440: detener bruscamente el vehículo sin motivo.
  • G04 – S/ 440: no respetar la línea de parada o el derecho de paso de peatones, ciclistas o usuarios de VMP.
  • G05 – S/ 440: no mantener una distancia suficiente y prudente respecto de otro vehículo.
  • G06 – S/ 440: no ubicarse con anticipación en el carril correspondiente para girar o voltear.
  • G07 – S/ 440: no utilizar el carril extremo derecho cuando corresponda por el tipo de vehículo o servicio.
  • G08 – S/ 440: no utilizar el carril derecho para recoger o dejar pasajeros o carga.
  • G09 – S/ 440: retroceder, salvo en los casos permitidos.
  • G10 – S/ 440: incumplir las disposiciones para vías de tránsito rápido o acceso restringido.
  • G11 – S/ 440: circular, estacionar o detenerse en islas, separadores, bermas, aceras, áreas verdes, pasos peatonales o rampas, entre otros lugares prohibidos.
  • G12 – S/ 440: girar con luz roja y flecha verde sin respetar el derecho preferente de los peatones.
  • G13 – S/ 440: transportar más personas que el número de asientos permitido o pasajeros de pie en determinados vehículos.
  • G14 – S/ 440: mantener abierta la puerta, capó o maletera mientras el vehículo está en marcha.
  • G17 – S/ 440: utilizar lunas o vidrios polarizados sin la autorización correspondiente cuando impidan la visibilidad del interior.

Infracciones Leves

  • L01 – S/ 220: dejar mal estacionado el vehículo en lugares permitidos.
  • L02 – S/ 275: estacionar en zonas destinadas a vehículos que transportan o son conducidos por personas con discapacidad.
  • L04 – S/ 220: abrir o dejar abierta la puerta de un vehículo estacionado dificultando la circulación.
  • L05 – S/ 220: utilizar el carril de giro a la izquierda para continuar la marcha en una dirección no permitida.
  • L06 – S/ 220: arrojar, depositar o abandonar objetos o sustancias en la vía pública que dificulten la circulación.
  • L07 – S/ 220: utilizar la bocina innecesariamente para llamar la atención.
  • L08 – S/ 220: utilizar bocinas de descarga de aire comprimido en zonas urbanas.

Nuevas normas de tránsito se incorporan desde el 2026

De acuerdo con el Decreto Supremo N.° 011-2026-MTC, mediante el cual se modificó el Reglamento Nacional de Tránsito y se incorporaron los nuevos códigos: M47, M48, M49, M50, G75 y G76, que entran en vigencia desde el 25 de agosto del 2026. Entre ellas se encuentran:

  • M47: circular con placas adulteradas, ilegibles o con elementos que impidan su lectura mediante medios tecnológicos.
  • M48: conducir un vehículo cuyas características registrables o condiciones técnicas hayan sido modificadas, afectando la seguridad.
  • M49: no respetar la señal de altura máxima permitida.
  • M50: incumplir la señal de altura máxima y provocar daños a la infraestructura o interrupciones del tránsito.
  • G75: deteriorar, adulterar, destruir o sustraer placas de exhibición, rotativas o transitorias.
  • G76: utilizar placas de exhibición, rotativas o transitorias fuera de los horarios o rutas establecidos.
SOBRE EL AUTOR:

Periodista especializada en ciencia, tecnología y salud. Bachiller en Periodismo de la Universidad Jaime Bausate y Meza. Redactora en El Popular, interesada en temas relacionados con estudios científicos, eventos astronómicos, hallazgos y más.

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